¿Has presentado ya tu declaración de la Renta de este año o todavía estás esperando? Te recordamos que tienes hasta el 30 de junio para informar a Hacienda de toda tu actividad tributaria. Si todavía no has enviado tu ejercicio de 2024 y tienes más de 65 años, no te preocupes, en el artículo de hoy vamos a explicarte algo que te va a interesar: cuáles son las exenciones, deducciones y otros beneficios fiscales que podrás aplicarte. A continuación, te lo hablamos sobre tres de ellas.
Ventajas fiscales en la declaración de la Renta para mayores de 65
El colectivo de personas mayores de 65 años debe rendir cuentas con Hacienda, presentando su declaración de la Renta, donde han de tributar los ingresos percibidos a través de prestaciones, mutualidades y planes de pensión. Sin embargo, pueden aplicarse una serie de beneficios.
Uno de los más destacados es la exención por ganancias patrimoniales por transmisión de viviendas, que da como resultado reducciones en la base imponible. Esto tiene lugar si se vende la casa por dinero, se intercambia por una renta vitalicia o si se transfiere la propiedad manteniendo el usufructo vitalicio. Eso sí, esta exención no se aplica a segundas residencias. Para ser beneficiario/a, se requiere:
- Ser mayor de 65 años en el momento de la venta.
- La vivienda debe haber sido la residencia habitual del contribuyente.
Hipoteca inversa
La Agencia Tributaria especifica que se considera una hipoteca inversa al préstamo o crédito garantizado mediante hipoteca sobre un bien inmueble que constituya la vivienda habitual del solicitante. Este tipo de hipoteca, permite a las personas mayores de 65 años convertir parte del valor de su vivienda en dinero, sin tener que venderla. De esta forma, los pagos recibidos por esta hipoteca no se consideran ingresos, por lo que no tributan en el IRPF.
Deducciones en la declaración de la Renta por tener familiares a cargo
Además, existen otras ventajas que pueden aplicarse, a los miembros de una familia. Y es que las unidades familiares entre cuyos miembros figure una persona mayor de 65 años pueden obtener beneficios fiscales que se reflejarán en su Declaración de la Renta. Esto se debe a que cada ascendiente de esa edad desgrava 1.150 euros.
En el caso de que el conviviente tenga 75 años o más, la cantidad a desgravar aumenta a 2.550 euros. Esta cantidad no tributa y ayuda a reducir la base imponible. Los requisitos para poder beneficiarse de esta desgravación, son:
- Que el ascendiente al cargo tenga más de 65 años a la fecha de devengo del impuesto
- El contribuyente deberá haber convivido con el ascendiente al menos la mitad del periodo impositivo.
- El ascendiente debe acreditar que no cuenta con rentas superiores a 8.000 euros, excluyendo las exentas de impuesto.
- El ascendiente no puede presentar IRPF de más de 1.800 euros.
Por último, existen otras exenciones por prestaciones y ayudas que permite a las personas mayores de 65 años no tener que declarar el IRPF, como las dirigidas a cuidados o discapacidad. Si tienes esa edad, ya sabes las ventajas fiscales que puedes obtener en la declaración de la Renta de este año. Para mantenerte al tanto de toda esta información, te invitamos a que consultes la sección de trámites.