Fianza del alquiler: 5 motivos por los que la puedes perder y cómo reclamar si sucede

La Ley de Arrendamientos Urbanos obliga a devolver la fianza si se cumplieron todas las obligaciones. Te explicamos en qué casos el propietario puede quedarse con el depósito, el plazo máximo de 30 días y los pasos para reclamar si no estás de acuerdo.

La fianza se deposita al firmar el contrato y, en condiciones normales, se devuelve al entregar las llaves. En la práctica, pueden surgir conflictos: el propietario está facultado para retenerla total o parcialmente cuando hay causas justificadas. Suele equivaler a un mes de alquiler y su devolución depende de que el inquilino haya cumplido con lo pactado.

Motivos por los que el propietario puede quedarse con la fianza del alquiler

Antes de nada, conviene tener claro cuándo procede la retención. ¿Cuáles son los supuestos más habituales?

  • Daños que exceden el uso normal del hogar: desperfectos evidentes como puertas forzadas, suelos dañados, manchas permanentes o mobiliario roto.
  • Pagos pendientes de renta o suministros: deudas de mensualidades, agua, luz, gas o comunidad.
  • Modificaciones sin consentimiento del propietario: pintar, cambiar suelos o alterar instalaciones sin permiso, obligando a restituir el estado original.
  • Falta de mantenimiento y limpieza adecuada: entrega del piso sucio o con tareas básicas sin realizar, que generan gastos de limpieza o reparaciones menores.
  • Abandono anticipado del contrato sin acuerdo: salida antes de tiempo que provoca un perjuicio económico al arrendador.

En todos estos casos, el propietario puede justificar el uso de la fianza para cubrir gastos. Para evitar discusiones, se recomienda un inventario fotográfico o por escrito al inicio y al final del contrato.

Cómo y cuándo debe devolverse la fianza según la Ley de Arrendamientos Urbanos

La norma marca un plazo máximo de 30 días desde la entrega de las llaves para devolver la fianza. Si se supera ese tiempo, deben añadirse intereses. Y si hay retenciones, el casero debe explicar los motivos y, preferiblemente, aportar facturas o presupuestos.

ConceptoQué implica
Entrega de llavesEmpieza a contar el plazo de 30 días para devolver la fianza.
Devolución fuera de plazoSe deben sumar intereses al importe no devuelto en tiempo.
Retención justificadaEl propietario detalla causas y acompaña facturas o presupuestos.
Desacuerdo del inquilinoPuede reclamarse por burofax y, si no se resuelve, vía judicial.

En pocas palabras: si todo está en orden, la fianza se devuelve; si no, debe documentarse por qué se retiene.

Qué documentación y pasos seguir para reclamar la devolución de la fianza del alquiler

¿El propietario no devuelve la fianza o no estás de acuerdo con la retención? El primer paso es reclamar por escrito. El burofax permite dejar constancia de la solicitud de devolución y de los motivos por los que consideras que no procede la retención.

Ayuda mucho adjuntar pruebas: inventario de entrada y salida, fotografías del estado de la vivienda y cualquier justificante que acredite pagos al día. Por lo tanto, conservar estos documentos desde el inicio del alquiler es clave. Si tras el burofax no hay respuesta satisfactoria, la vía judicial es la opción final para resolver el conflicto.

Quién puede reclamar, a qué organismo acudir y qué hacer si no hay acuerdo

El inquilino puede exigir la devolución íntegra cuando ha cumplido sus obligaciones. El propietario, por su parte, puede retener la fianza si demuestra gastos vinculados a los motivos expuestos. De ahí que la comunicación escrita y la justificación documental resulten tan importantes.

Cuando no exista acuerdo, el conflicto se dirime ante los tribunales. El casero debería detallar por escrito las causas de la retención y el inquilino puede oponerse mediante reclamación previa por burofax y, posteriormente, por la vía judicial.

Consejos prácticos para evitar conflictos con la fianza del alquiler al finalizar contrato

Toma nota: entregar la vivienda limpia y con mantenimiento básico hecho reduce fricciones. Además, devolver las llaves y estar al corriente de renta y suministros facilita que el propietario cumpla el plazo de 30 días.

Otro punto sensible es el último mes: no se debe sustituir el pago de la renta por la fianza. Ojo con esto, porque el arrendador puede exigir el abono íntegro y, si quedan deudas, usar el depósito para cubrirlas conforme a la ley. Para conocer más asuntos relacionados con otros trámites y gestiones administrativas de tu día a día, no lo dudes y conoce los contenidos de nuestro periódico digital.

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