Una reciente sentencia del Tribunal Supremo marca un antes y un después en la retribución de los pluses para los funcionarios públicos.
A partir de ahora, Hacienda deberá sumar a las nóminas los pluses por turnos nocturnos y trabajo en días festivos, aunque el trabajador esté de vacaciones, de baja por incapacidad temporal o usando permisos retribuidos. El Ministerio que dirige María Jesús Montero tendrá que aplicarlo en las pagas ordinarias y en las extraordinarias.
La sentencia del 25 de junio de 2025 obliga a la Agencia Tributaria a incluir los pluses por nocturnidad y festivos, también en vacaciones, bajas e incluso permisos retribuidos. Los empleados públicos podrán recuperar diferencias desde la extra de Navidad de 2021 y presentar reclamaciones hasta el 30 de noviembre de 2025.
Quién puede reclamar los pluses en vacaciones y pagas extra según el Supremo
¿Te afecta si haces turnos o trabajas festivos? Si esos pluses se abonan de forma continuada, pasan a formar parte de la estructura salarial. De ahí que el Supremo subraye: “El funcionario tiene derecho a su retribución en periodos de vacaciones anuales, incapacidad temporal, permisos por asuntos propios y demás permisos retribuidos”. En pocas palabras, el extra no desaparece por estar fuera del servicio activo.
El Alto Tribunal añade un aviso clave para las pagas extra: “Excluir estos conceptos de las pagas extraordinarias supondría desvirtuar la naturaleza de la retribución íntegra”. Este criterio impactará especialmente en sanidad, seguridad y administración local, donde son habituales los horarios nocturnos y los festivos.
Fechas clave para reclamar cantidades no percibidas en nóminas públicas
¿Cuándo se dictó y desde cuándo se puede reclamar? La sentencia es del 25 de junio de 2025. El plazo de reclamación es de cuatro años y permite recuperar cantidades desde la extra de Navidad de 2021. Para no perder el derecho, las reclamaciones pueden presentarse hasta el 30 de noviembre de 2025. A continuación, un resumen con los hitos temporales más importantes para el bolsillo del funcionario:
| Hito | Fecha | Detalle |
|---|---|---|
| Sentencia del Tribunal Supremo | 25 de junio de 2025 | Cambia el criterio y obliga a incluir pluses en vacaciones y extras |
| Inicio del periodo recuperable | Extra de Navidad de 2021 | Se pueden reclamar diferencias salariales no percibidas |
| Fecha límite para reclamar | 30 de noviembre de 2025 | Tope para presentar reclamaciones sin perder derechos |
Por tanto, conviene revisar las nóminas de los últimos ejercicios y calcular las diferencias vinculadas a nocturnidad y festivos.
Cómo presentar la reclamación ante tu administración paso a paso
El procedimiento se dirige a la administración empleadora. La información disponible establece que los empleados públicos pueden pedir a las administraciones el dinero no percibido por la exclusión de estos pluses, y que Hacienda deberá incorporarlos en vacaciones y pagas extra. Ojo: hazlo dentro de los plazos marcados. Claves para no perder tu reclamación:
- Identificar pluses habituales por nocturnidad o festivos que no se incluyeron en vacaciones o extras.
- Presentar reclamación de cantidades ante la administración correspondiente, pidiendo su inclusión.
- Señalar que los pluses, por abonarse de forma continuada, forman parte de la estructura salarial.
- Respetar el límite temporal: cuatro años y, como fecha tope, el 30 de noviembre de 2025.
No se detallan requisitos documentales adicionales en la información aportada; el núcleo es reclamar las cantidades no abonadas y la inclusión de los pluses conforme al nuevo criterio.
Qué organismos públicos intervienen y cómo afectará a sectores esenciales
Intervienen el Tribunal Supremo, que fija el criterio, y el Ministerio de Hacienda, obligado a reflejarlo en nóminas y pagas extra. Las administraciones públicas deberán atender las reclamaciones de los funcionarios y ajustar retribuciones durante vacaciones, bajas y permisos. ¿Trabajas en sanidad, seguridad o administración local? Este cambio puede notarse, y mucho, en tus ingresos.
En definitiva, si realizas turnos nocturnos o trabajas festivos de manera habitual, tienes derecho a seguir recibiendo esos pluses también cuando disfrutas de vacaciones o percibes pagas extraordinarias. Conoce más noticias sobre trámites y gestiones en nuestra plataforma web de información.