La Seguridad Social recuerda que la baja médica solo puede durar un año, prorrogable seis meses, antes de estudiar si corresponde una pensión de incapacidad permanente.
El aviso afecta a todas las personas que llevan tiempo de baja y temen quedarse sin ingresos. Porque, la pregunta es directa: ¿cuándo deja de pagarse la incapacidad temporal (IT) y empieza la incapacidad permanente (IP)? En ese aspecto, según FREMAP, las bajas han registrado una variación interanual de un 7,82 % más, con respecto al mismo periodo del año pasado. Por este motivo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha aclarado los plazos y los pasos que debes seguir para no perder ningún derecho.
La regla de los 365 días y la prórroga de seis meses que la Seguridad Social aplica antes de valorar tu incapacidad permanente
El tiempo máximo de una IT, salvo excepciones, es de 365 días. Si la inspección médica entiende que tu recuperación está cerca, puede otorgarte una prórroga de 180 días más. Agotados los 545 días, tu expediente pasa a evaluación para decidir si procede conceder una IP.
¿Cuándo empiezas a cobrar y cuándo se corta la ayuda? Por norma general, la prestación arranca en el cuarto día si la causa es enfermedad común o accidente no laboral. No obstante, las trabajadoras cobran desde el primer día en caso de menstruación incapacitante secundaria, y desde el día siguiente si hay interrupción del embarazo o patologías vinculadas a la gestación. En la siguiente tabla se muestra la duración y causas de finalización de la incapacidad temporal:
Duración estándar | Prórroga posible | Finalización anticipada |
---|---|---|
365 días | 180 días extra | Alta médica, jubilación, no acudir a reconocimientos, semana 39 de gestación |
Como ves, el reloj corre desde el primer parte de baja. Agotar los 545 días no garantiza la IP, pero obliga al INSS a estudiarla.
Plazos que la Seguridad Social marca para reconocer la incapacidad permanente una vez agotada la baja temporal del trabajador
¿Sabías que la definición oficial de IT incluye la expresión “previsiblemente definitiva”? Ahí está la clave: tras el alta médica y con secuelas graves, el INSS debe determinar si tus lesiones reducen o anulan tu capacidad laboral. La evaluación puede iniciarse incluso antes de que cumplas el año si los facultativos prevén secuelas permanentes.
Por otra parte, para que tu solicitud prospere, reúne el informe de alta, historiales clínicos y el formulario oficial de IP. Si la causa es accidente de trabajo o enfermedad profesional, añade los partes de la mutua. Presentar todo a tiempo evita retrasos en el dictamen y, por tanto, en el cobro de la pensión.
Vías de presentación de la solicitud ante el INSS
Tienes tres caminos para poner en marcha el proceso de solicitud de la incapacidad en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS):
- De oficio, cuando la entidad gestora, la Inspección de Trabajo o el Servicio Público de Salud detectan tu caso y lo remiten al INSS.
- A instancia de la mutua, si colabora con la Seguridad Social y considera que cumples los requisitos.
- Por iniciativa propia, entregando el formulario en la Sede Electrónica o pidiendo cita en un Centro de Atención e Información (teléfonos 901 10 65 70 y 91 541 25 30).
Antes de pulsar “Enviar” o acudir a la ventanilla, revisa tu DNI, justificantes médicos y número de cuenta. ¡No querrás alargar más de la cuenta un trámite que ya puede parecer eterno!
¿Qué ocurre después de presentar la solicitud y cómo reclamar si la resolución no te convence?
El tribunal médico evalúa tu caso y emite un dictamen‑propuesta. La Dirección Provincial del INSS dicta resolución: puede reconocerte un grado (parcial, total, absoluta o gran invalidez) o denegarte la prestación. Si no estás conforme, tienes la opción de presentar reclamación previa.
En consecuencia, conocer los plazos, preparar la documentación adecuada y elegir la vía de solicitud correcta marcan la diferencia entre cobrar la prestación a tiempo o vivir una odisea burocrática. Conoce más información sobre trámites y otras ayudas de la Administración pública en nuestra plataforma web de información especializada.