El Gobierno mantiene activa una línea de avales de 2.500 millones de euros para facilitar la compra de la primera vivienda.
El aval ICO para adquirir primera vivienda va dirigido a jóvenes menores de 35 años y a familias con hijos que pueden pagar la hipoteca, pero no llegan al ahorro inicial. El Consejo de Ministros ha fijado las condiciones del programa, en un contexto marcado por nuevas iniciativas públicas como el plan para 15.000 viviendas asequibles que ha anunciado el Gobierno hace tan solo unos días. ¿Te pasa eso de que la cuota te encaja, pero la entrada se hace imposible? Estos son los aspectos fundamentales que debes tener en cuenta si te interesa aprovechar un aval ICO.
El Instituto de Crédito Oficial (ICO) puede garantizar hasta el 20 % del importe del préstamo. Si la vivienda cuenta con calificación energética D o superior, el aval puede alcanzar el 25 %. No es un ingreso directo: es un respaldo público para que el banco financie una parte mayor de la compra. La gestión se realiza en entidades financieras adheridas y la estimación es que beneficie a más de 50.000 personas solventes.
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Requisitos clave de residencia, ingresos y patrimonio para pedir el aval ICO
Los criterios son concretos y conviene revisarlos antes de iniciar trámites. En especial, se miran residencia, patrimonio e ingresos. Requisitos principales:
- Ser mayor de edad y tener residencia legal en España durante los dos últimos años.
- Patrimonio máximo: 100.000 euros.
- Ingresos anuales brutos: hasta 37.800 euros por comprador (4,5 veces el IPREM). Si compran dos personas, el límite se duplica.
- Se contemplan mejoras según número de hijos y en familias monoparentales.
Después, cada entidad puede solicitar documentación para acreditar estos puntos.
Excepciones si ya tienes vivienda y casos en los que podrías acceder
Como norma general, no pueden pedir el aval quienes ya son propietarios de otra vivienda. Sin embargo, hay supuestos en los que la propiedad previa no impide acceder.
| Supuesto | Cuándo puede aplicar |
|---|---|
| Copropiedad parcial por herencia | Si la propiedad es una fracción obtenida por herencia o transmisión mortis causa |
| Vivienda no disponible por separación o divorcio | Si se demuestra que no se puede disponer de ella por causas ajenas a la voluntad |
| Vivienda inaccesible por discapacidad | Si la vivienda no es accesible por discapacidad del titular o convivientes |
En estos casos, la clave está en poder justificar la situación con documentación.
Plazos para firmar la hipoteca y obligaciones durante la vigencia del aval
El aval puede durar hasta 10 años desde la formalización del préstamo. Durante ese periodo, la vivienda debe ser la residencia habitual del beneficiario, salvo circunstancias que obliguen a cambiarla. El límite para formalizar préstamos con la entidad de crédito a través de esta línea es el 31 de diciembre de 2027, tal y como informa la web del Instituto de Crédito Oficial.
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