Existen una serie de deducciones fiscales que las personas con discapacidad pueden aplicar en su declaración. El próximo 2 de abril comienza la nueva campaña de la renta. Por este motivo, Hacienda informa que los ciudadanos con algún grado reconocido de discapacidad pueden obtener unos determinados beneficios especiales. En ese aspecto, no podemos olvidar que, el IRPF, es un impuesto personal. Eso quiere decir que grava directamente al contribuyente, dependiendo de sus ingresos, circunstancias personales y familiares. Por consiguiente, veamos cómo repercute a las ciudadanas y ciudadanos discapacitados en España.
Deducciones en el IRPF para personas discapacitadas
En primer lugar, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), Hacienda reconoce como personas con discapacidad, a aquellas que tienen un grado de minusvalía igual o superior al 33 %. Por lo tanto, para aplicar las deducciones en renta, es necesario tener una acreditación del grado de discapacidad. Dicho certificado oficial lo emite el IMSERSO o el órgano competente que corresponda a la Comunidad Autónoma. En el caso de Andalucía, el procedimiento lo gestiona la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. Por consiguiente, estas son las 3 deducciones en renta que pueden aplicar las personas con discapacidad:
- Por descendiente con discapacidad a cargo.
- Por ascendiente con discapacidad a cargo.
- Por cónyuge con discapacidad a cargo.
Cuantía de la deducción que se puede aplicar en renta: la opción de solicitar el abono anticipado
En los tres tipos de deducciones por discapacidad que hemos mencionado, Hacienda aplica la deducción a la cuota diferencial, y puede ser como máximo de 1.200 euros anuales. Por lo tanto, se aplica tanto si dicha cuota diferencial es positiva, es decir, si el resultado de la renta sale a pagar, como si es negativa, si sale a devolver. No obstante, también está la posibilidad de solicitar el abono por anticipado. Para ello, hay que cumplimentar el modelo 143 y se puede tramitar de forma online a través de la web de la Agencia Tributaria. De esa forma, recibirás en tu cuenta un ingreso de 100 euros cada mes.
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