Este 2 de abril arrancará la campaña de la declaración de la Renta. Se trata de un momento estresante para muchos. En concreto, las personas con discapacidad pueden pasar por un proceso más complejo, debido a que hay ciertas particularidades y deducciones fiscales que pueden aplicarse y no saben cuáles son. Si ese es tu caso o conoces a alguien, en el artículo de hoy te desvelamos la información más importante sobre la declaración de IRPF de este colectivo.
¿Cómo funciona la declaración de la Renta en las personas con discapacidad?
Lo primero que hay que tener en cuenta es el grado de discapacidad. Actualmente, la ley estipula que son las personas discapacitadas las que certifiquen un grado igual o mayor al 33 %.
Cuáles son sus deducciones fiscales en la declaración de la Renta
La discapacidad en la declaración de la renta acredita tres tipos de deducciones. El importe máximo para todas ellas es de 1.200 € anuales por cada descendiente o ascendiente con discapacidad, es decir, 100 € al mes. Pueden aplicarse por cada persona descendiente con discapacidad igual o superior al 33 %. Son las siguientes:
- Deducción por descendiente con discapacidad a cargo.
- Deducción por ascendiente con discapacidad a cargo.
- Deducción por cónyuge.
Por otro lado, la Agencia Tributaria también aplica deducciones por el cuidado de personas dependientes. Se considera persona dependiente al ascendiente mayor de 75 años y al ascendiente o descendiente con un grado de discapacidad igual o superior al 65%, cualquiera que sea su edad.
Además, la persona dependiente debe convivir con el contribuyente, al menos durante la mitad del período impositivo. Cabe mencionar que no se ejercitará esa deducción si la persona dependiente tiene rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros.
Rentas que no necesitan ser incluidas en la declaración
Las personas con un grado de discapacidad acreditado están exentas de incluir algunas rentas en su declaración, lo que implica que no tendrán que pagar impuestos por ellas. Algunas de estas son:
- Prestaciones de la Seguridad Social: las prestaciones económicas reconocidas por la Seguridad Social son por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, por maternidad o paternidad o las familiares no contributivas.
- Ayudas económicas para financiar estancias en centros.
- Prestaciones para cuidados en el entorno familiar y asistencia personalizada.
- Pensiones a Afectados por la Guerra Civil: si alguien recibe una pensión porque fue herido en la Guerra Civil, ese dinero tampoco es tenido en cuenta para los impuestos.
Documentación necesaria para acreditar discapacidad
Como bien informa Hacienda, las personas con discapacidad deben acreditar, cuál es su grado de discapacidad, la necesidad de ayuda de terceras personas o la movilidad reducida. Para ello, necesitarán obtener un certificado emitido por el IMSERSO o por el órgano habilitado de la Comunidad Autónoma, en este caso, la Junta de Andalucía.
Hoy ya sabes los principales datos a tener en cuenta para la declaración de la Renta de las personas con discapacidad. Ya lo sabes: en este portal, puedes seguir consultando todas las noticias relacionadas con estos asuntos en la sección de trámites.