Quienes convivan con un familiar mayor de 65 años pueden acceder a una deducción fiscal de hasta 1.150 euros. Además, esa cifra puede aumentar a 2.550 euros si el ascendiente supera los 75 años. El objetivo principal es aliviar el gasto que supone cuidar a las personas de avanzada edad, y la Agencia Tributaria ha fijado requisitos muy concretos para aplicar esta medida. ¿Te interesa saber más?
Antes de nada, conviene recordar que el familiar debe ser ascendiente directo (padre, abuelo o bisabuelo) y reunir ciertas condiciones de convivencia y renta. Por otro lado, no podrá superar los 8.000 euros de ingresos anuales ni presentar una declaración del IRPF con más de 1.800 euros de rendimientos. A continuación, te explicamos todos los detalles de esta deducción, imprescindible para quienes buscan un pequeño respiro en su factura fiscal.
Nuevos requisitos para acceder a la deducción fiscal por convivir con mayores de 65 años
Para que la Agencia Tributaria acepte esta ventaja, hay que tener en cuenta varios puntos esenciales. El primero es que el ascendiente tenga más de 65 años o cuente con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. El segundo consiste en haber convivido con el contribuyente, como mínimo, la mitad del periodo impositivo.
Asimismo, es clave que la persona mayor no perciba ingresos superiores a 8.000 euros (sin incluir rentas exentas) y que no presente por su cuenta una declaración del IRPF con rendimientos de más de 1.800 euros. Ojo con este límite: no cumplirlo supone perder directamente la deducción.
Procedimiento detallado para solicitar la ayuda y cómo presentar la documentación necesaria
La deducción se tramita al cumplimentar la declaración de la renta en el apartado “mínimos por ascendientes”. Sin embargo, conviene recopilar la documentación que demuestre la edad y los ingresos de la persona mayor, así como el grado de discapacidad si procede. También se necesita acreditar el requisito de convivencia, para lo que suelen bastar el certificado de empadronamiento o documentos similares.
Para facilitar el proceso, aquí tienes una breve lista de los pasos más importantes:
- Reunir el certificado de nacimiento o DNI del ascendiente.
- Conseguir un justificante de convivencia (empadronamiento o documento equivalente).
- Verificar las rentas del familiar (no pueden superar 8.000 euros).
- Añadir la deducción en la casilla correspondiente de la declaración del IRPF.
Recuerda guardar todos los papeles por si la Agencia Tributaria requiere una comprobación posterior.
Posibles incrementos en la cuantía si el ascendiente supera los 75 años de edad
La deducción puede alcanzar 2.550 euros en determinados casos. Según la normativa vigente, si el ascendiente tiene más de 75 años, a los 1.150 euros iniciales se suma un extra de 1.400 euros, siempre que se cumplan el resto de exigencias. En la siguiente tabla resumimos las cuantías:
Situación del ascendiente | Deducción total |
---|---|
Mayor de 65 años | 1.150 € |
Mayor de 75 años | 2.550 € |
Este incremento también se aplica cuando el familiar fallece durante el año fiscal, siempre y cuando ya generara el derecho al mínimo por ascendientes.
En definitiva, convivir con un mayor de 65 años puede traducirse en un alivio importante en la declaración de la renta. Lo fundamental es cumplir los requisitos de edad, convivencia y límite de ingresos, para luego reflejar la deducción en el apartado correspondiente. Si crees que encajas en este perfil, no dudes en preparar la documentación con tiempo y presentarla de forma correcta. También, te recomendamos que visites nuestro periódico digital para estar al tanto de las últimas novedades sobre otros trámites relacionados con la campaña fiscal.