Contrato de formación en alternancia: cómo funciona y quién puede pedirlo según el SEPE

Permite compatibilizar trabajo y estudios con respaldo legal. Explicamos requisitos, duración, procedimiento con centros formativos y las bonificaciones para empresas que apuesten por este contrato.

El contrato de formación en alternancia combina empleo remunerado y aprendizaje reglado. Se articula mediante un programa formativo individual vinculado al artículo 11.2 del Estatuto de los Trabajadores y exige coordinación entre empresa y centro educativo para garantizar la cualificación profesional.

Requisitos para acceder al contrato de formación en alternancia y excepciones vigentes

¿Quién puede firmarlo y por qué interesa? Este contrato se dirige a personas que quieren trabajar mientras completan su formación profesional, universitaria o del Catálogo de Especialidades Formativas del Sistema Nacional de Empleo. La actividad laboral debe estar directamente relacionada con los estudios que justifican la contratación.

  • Carecer de la cualificación profesional que permitiría un contrato de práctica profesional.
  • Tener entre 16 y 30 años cuando se trate de certificados de profesionalidad de nivel 1 y 2, o programas de empleo‑formación del Catálogo de Especialidades Formativas.
  • No se aplica el límite de 30 años en estudios universitarios, de formación profesional o certificados de nivel 3.
  • La actividad en la empresa debe complementar e integrarse con la formación prevista.

En pocas palabras: si te estás cualificando y la tarea en la empresa encaja con tu itinerario formativo, estás en el camino correcto.

Duración máxima, prórrogas permitidas y coordinación del programa formativo individual

La duración se fija en el plan formativo individual: mínimo de tres meses y máximo de dos años. Puede desarrollarse de forma no continuada a lo largo de periodos anuales que coincidan con el calendario académico, siempre que así conste en el plan. Si se pactó por menos de dos años y aún no tienes el título o acreditación, podrá prorrogarse por acuerdo hasta obtenerlo, sin superar el límite legal. A continuación, una tabla resumen para situar los principales puntos temporales y documentales del contrato:

AspectoDetalle clave
Duración mínima3 meses
Duración máxima2 años
PrórrogaHasta obtener título/acreditación, sin superar 2 años
Desarrollo no continuoPosible si lo prevé el plan formativo
Documentación imprescindibleConvenio de colaboración y plan formativo individual

Estos elementos son la hoja de ruta. Por consiguiente, empresa y centro formativo deben coordinarse para cumplir cada hito y tutelar las actividades de aprendizaje.

Cómo solicitar este contrato en empresas y en empresas de trabajo temporal

El procedimiento pasa por tres actores: persona trabajadora, empresa y centro formativo. La empresa incorpora como anexos el convenio de colaboración con el centro y el plan formativo individual, donde se detallan contenidos y tutorías. ¿Hay tramitación presencial u online? Se formaliza a través de los acuerdos con centros universitarios o de FP y entidades formativas acreditadas o inscritas; el núcleo es documental y de coordinación entre las partes.

Si interviene una ETT, podrá celebrar contratos de formación en alternancia para poner a disposición de empresas usuarias. Ojo: la ETT asume la responsabilidad de los aspectos formativos, mientras que la empresa usuaria tutela la actividad laboral y designa a la persona responsable en el contrato de puesta a disposición. De ahí que sea esencial definir roles desde el inicio.

Bonificaciones e incentivos económicos para empresas que formalicen estas contrataciones

Las empresas usuarias que reciban a personas contratadas para la formación en alternancia tienen derecho a una bonificación de 128 euros al mes durante tres años, conforme al artículo 10 del Real Decreto‑ley 1/2023, de 10 de enero. ¿Cuánto puede ahorrar tu empresa si apuesta por talento joven en formación? Además, cuando se trate de mujeres y, sin solución de continuidad, se concierta un contrato indefinido, la bonificación asciende a 147 euros mensuales. En consecuencia, el incentivo refuerza la transición hacia el empleo estable.

En resumen: este contrato une empleo y aprendizaje, fija reglas claras de duración y tutoría, y ofrece estímulos económicos a las compañías que lo impulsan. ¿Lista la documentación? Con el convenio y el plan formativo, el proceso avanza con paso firme. Para más información sobre trámites y gestiones laborales, fiscales o administrativas, visita nuestra web.

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