Si has cometido algún error en la declaración de la renta, es normal que te preguntes si hay forma de modificarla. Y en plena campaña, aún estás a tiempo de poder hacerlo correctamente. En este artículo te contamos cómo hacerlo, además este año se han aplicado novedades que te benefician. Esto es porque Hacienda ha establecido un sistema único de rectificación.
Como comentábamos en el párrafo anterior, es común que te cerciores de errores u omisiones en tu declaración de la Renta. En estos supuestos se pueden dar dos casos. Uno es que los errores u omisiones te causen un perjuicio porque la cantidad a devolver debe ser mayor, o menor la cantidad a ingresar. En el otro caso, los errores u omisiones causan un perjuicio a Hacienda porque la cantidad a devolver debe ser menos, o mayor la cantidad a ingresar.
¿Cómo modificar una declaración de la renta?
Para solicitar la rectificación de tu autoliquidación deberás acceder a tu expediente de Renta a través de Renta WEB y marcar la casilla 127 de solicitud de rectificación. En estos casos, podrás corregir directamente los datos en la declaración presentada en su momento.
Ten en cuenta que no podrás solicitar el ajuste si la Administración ya hubiera practicado una liquidación provisional o definitiva por el error u omisión que vas a rectificar, o si ya hubiera transcurrido el plazo de prescripción de cuatro años.
También puedes solicitar la rectificación de tu declaración presentando un recurso o solicitud de rectificación. Para hacer una declaración complementaria en cuanto a cómo hacer una declaración complementaria, también puedes hacerlo a través del programa Renta WEB. La nueva autoliquidación debe recoger correctamente todos los datos, por lo que deberás incorporar los de nueva inclusión o modificación. Por eso, para evitar posibles nuevos errores, Hacienda recomienda trabajar sobre la declaración ya presentada.
En este caso se restará del resultado de la autoliquidación complementaria presentada, el importe que se ingresó en la originaria con errores u omisiones si esta fue positiva, o bien se sumará la devolución percibida si resultó a devolver. El resultado obtenido es la cuota que debes ingresar como consecuencia de la autoliquidación complementaria.
¿Cuánto tiempo tienes para modificar los errores?
En el ejercicio de la Renta 2024, la fecha tope para rendir cuentas ante Hacienda es el 30 de junio de 2025. Conforme a otros casos, dispones de cuatro años para la modificación de una declaración ya presentada que comenzarán a correr a partir de la fecha tope de presentación del modelo tributario correspondiente. De esta forma, como entraría fuera del periodo voluntario, se te cobrará el correspondiente recargo o sanción. Eso sí, cualquier sanción aplicable a tu caso será menos grave, actuando de forma voluntaria que habiéndolo por requerimiento de Hacienda.
Además, la propia Agencia Tributaria también dispone de cuatro años para comprobar tu declaración y que, en caso de que se inicie un procedimiento, a exigir una modificación sobre lo presentado.
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