Este 2 de abril inició la campaña para la declaración de la Renta. Hasta el 30 de junio, todos los contribuyentes tienen una cita con Hacienda para presentar el correspondiente ejercicio fiscal de 2024. Son muchas las personas que se preguntan cuáles son las deducciones permitidas por Hacienda. ¿Sabías que como inquilino puedes desgravar tu alquiler, obteniendo una reducción del importe del IRPF a pagar? Sí, has leído bien: te explicamos cómo puedes hacerlo.
Cómo desgravar el alquiler en la declaración de la Renta
Como bien explica la Agencia Tributaria en su página web, los inquilinos solo pueden aplicar la deducción estatal por alquiler de vivienda habitual si el contrato fue firmado antes del 1 de enero de 2015. Asimismo, han de cumplir ciertos requisitos económicos. Respecto a las deducciones por la vivienda, cada comunidad autónoma tiene unos requisitos determinados por la Agencia Tributaria, excepto Navarra y Euskadi, que tienen regímenes propios.
En el caso de Andalucía, la deducción por alquiler de vivienda habitual es de un 15% de todo lo que se haya pagado de arrendamiento, con un límite máximo de 600 euros anuales. Si el contribuyente es una persona con discapacidad, este límite aumenta a 900 euros. Te mencionamos cuáles son los requisitos para que se pueda desgravar:
- Tener menos de 35 años.
- Tener más de 65 años.
- Ser víctima de violencia doméstica, víctima del terrorismo o de persona afectada. Si la tributación es conjunta, las condiciones debe cumplirlas, al menos, uno de los contribuyentes.
- Identificar al arrendador de la vivienda haciendo constar su NIF en la correspondiente autoliquidación.
Además, la suma de las bases imponibles general y del ahorro [casillas 0435 y 0460] de la declaración no puede superar los 25.000 € en declaración individual y los 30.000 € en tributación conjunta. Si se comparte piso, cada contribuyente puede deducirse lo que realmente haya pagado.
Otras deducciones en vivienda en la declaración de la Renta para residentes en Andalucía
Como bien especifica Hacienda, existe otra deducción fiscal por hacer una inversión en una vivienda protegida y para personas jóvenes residentes en Andalucía. Se aplicará una deducción de entre el 2 y 3% cuando se cumplan estas condiciones:
- Que la vivienda tenga la calificación de protegida según la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía en la fecha del devengo del impuesto.
- Que el contribuyente sea menor de 35 años. Si hay tributación conjunta, el requisito de la edad deberá cumplirlo, al menos, uno de los cónyuges o el padre o la madre en el supuesto de familias monoparentales.
- Que la suma de las bases imponibles general y del ahorro, casillas [0435] y [0460] de la declaración, no supere los 25.000 euros en tributación individual ni los 30.000 euros en tributación conjunta.
Ya lo sabes: si vives en Andalucía, como inquilino puedes aplicarte deducciones en la declaración de la Renta de hasta 900 euros, si cumples una serie de requisitos. Te recordamos que en este periódico digital publicamos noticias que puedan ayudarte con gestiones del día a día en nuestra sección de trámites. No dejes de visitarnos.