A la hora de realizar el cálculo de la pensión de jubilación, la Seguridad Social va a tener en cuenta las bases por las que ha estado cotizando el trabajador. También, el tiempo durante el que lo ha hecho a lo largo de toda su vida laboral. Recordemos en este punto que, para tener acceso a una pensión contributiva, hay que haberlo hecho durante al menos 15 años.
Sin embargo, ¿Qué sucede si la persona ha estado cotizando para varios regímenes? En esos casos, vamos a ver qué es lo que resulta más conveniente, es decir, cuál se debería aplicar para determinar el importe de la paga que va a cobrar el pensionista, una vez que alcance la edad de retiro de su actividad profesional. También, en qué caso podrían cobrarse 2 pensiones a la vez.
Regímenes del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
Está claro que para efectuar el cálculo de la pensión hay que sumar todos los periodos de cotización existentes. Sin embargo, antes de nada conozcamos todos los regímenes que están incluidos en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS):
- Régimen general: están incluidos los trabajadores por cuenta ajena. También, los funcionarios de la Administración pública que hayan sido nombrados a partir del 1 de enero de 2011.
- Régimen de Clases Pasivas del Estado: Ya no se aplica. Tan solo continúan en este sistema los funcionarios y otros cargos públicos, nombrados antes del 1 de enero de 2011.
- Régimen especial de Trabajadores del Mar.
- Régimen especial de la Minería del Carbón.+
- RETA: Trabajadores autónomos.
¿Qué ocurre si se ha cotizado en 2 regímenes?
En este caso, la persona que vaya a jubilarse debe acogerse al régimen en el que esté dado de alta, cuando llegue el momento del retiro de la actividad laboral. Asimismo, si en ese momento estuviera en paro y cobrando un subsidio por desempleo, debería coger aquel en donde llevara más años cotizados.
Además, para realizar el cálculo se realiza un cómputo global. Por ejemplo, una persona que lleve 20 años en RETA y 15 en el Régimen General, llevará en total 35 años cotizados. En caso de solaparse, también se acumulan las cuantías, aunque sin que se sobrepase la base máxima de cotización.
Estas son las condiciones para poder cobrar 2 pensiones de jubilación
La Seguridad Social explica que es totalmente posible cobrar 2 pensiones del Estado. Aunque para ello, hay que cumplir varias condiciones o requisitos que establece la normativa vigente al respecto. Son los siguientes:
- Encontrarse en situación de alta en los regímenes con los que se quiere acceder a la jubilación.
- Haber cotizado 15 años como mínimo en ambos regímenes, 2 de los cuales deben estar incluidos en los 15 años previos a la jubilación.
- Hay que acreditar que se ha cotizado por ambos regímenes de forma superpuesta durante un mínimo de 15 años.
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