Aún puedes reclamar los gastos de tu hipoteca antes de que finalice 2025: procedimiento paso a paso

Miles de hipotecados pueden recuperar dinero tras la sentencia europea de marzo. La clave está en actuar a tiempo y reunir la documentación necesaria para iniciar la reclamación.

Aunque ya estamos en el último cuatrimestre de 2025, todavía es posible reclamar los gastos de formalización de la hipoteca. La última resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), de 13 de marzo (asunto C‑230/24), ha despejado el panorama: se pueden pedir la nulidad de la cláusula y la devolución del dinero, con plazos definidos. ¿Listo para revisar tus facturas?

Quién puede reclamar los gastos hipotecarios y por qué todavía estás a tiempo

Puede reclamar quien asumió íntegramente los gastos en su préstamo, algo habitual en contratos anteriores a 2019. No importa si la hipoteca sigue activa, está cancelada o si vendiste la vivienda; lo relevante es que la cláusula de gastos fuera abusiva. En hipotecas posteriores a junio de 2019, la Ley de Crédito Inmobiliario trasladó casi todos los costes al banco (salvo la tasación y, si el cliente pide copia, la copia de la escritura). En estos casos solo cabe reclamar si se incumplió la ley. Por consiguiente, en pocas palabras: si pagaste de más, aún llegas a tiempo este año.

Fechas y novedades tras la sentencia del TJUE del 13 de marzo de 2025

El TJUE aclara dos ideas: primero, la nulidad de una cláusula abusiva no prescribe nunca: puedes pedir que se declare nula aunque firmaras en 2003. Segundo, la restitución del dinero sí tiene plazo: cinco años desde que la sentencia que declare la nulidad sea firme. De ahí que convenga moverse con agilidad. Además, el Código de Comercio obliga a conservar la documentación entre cinco y seis años; sin facturas, recuperar importes se complica. ¿A qué esperas para pedir duplicados si te faltan?

Procedimiento para reclamar los gastos de hipoteca paso a paso presencial y online

Antes de empezar, define si lo harás por tu cuenta o con asesoramiento profesional. Si dudas, contar con expertos puede marcar la diferencia.

  1. Reunir la documentación: escritura del préstamo y facturas de notaría, registro, gestoría y tasación. Si no las conservas, solicita duplicados al notario o al registro.
  2. Reclamación extrajudicial al banco: presenta escrito pidiendo la devolución. La entidad dispone de dos meses para responder.
  3. Demanda judicial: si no hay acuerdo, acude al juzgado especializado en cláusulas abusivas con abogado y procurador.
  4. Sentencia y ejecución: si te dan la razón, el banco debe devolver las cantidades con intereses legales y, por lo general, asumir las costas.

Este itinerario combina una vía previa rápida con la garantía de la tutela judicial si la entidad no cede.

Importes recuperables, tabla de gastos y datos del Banco de España

De media, se vienen recuperando entre 1.500 y 3.000 euros, según la cuantía del préstamo y la provincia. Para orientarte, aquí tienes los conceptos más habituales y su devolución:

ConceptoDevolución / Condición
Notaría50 %, al beneficiarse tanto banco como prestatario
Registro de la propiedad100 %, al ser el banco el único beneficiario
Gestoría100 %, si fue impuesta por la entidad
Tasación100 %, si la exigió el banco para conceder el préstamo
Otros (apertura, intereses, vencimiento anticipado)Según el caso; requieren análisis individualizado

La experiencia demuestra que la vía extrajudicial tiene alcance limitado. En 2024 se registraron 56.099 reclamaciones ante el Banco de España (un 69 % más que en 2023); solo el 19,7 % se admitieron por falta de competencia sobre cláusulas abusivas. De los casos admitidos (11.062), el 64 % se resolvieron a favor del consumidor y, en el 79 % de estos, la banca acató o pactó. Las devoluciones sumaron 5,07 millones, con un promedio de 458,72 euros por reclamación. Por consiguiente, la vía judicial sigue siendo la más eficaz cuando hay negativa del banco.

Fechas judiciales, doctrina previa y por qué conviene actuar sin esperar más

El conflicto arrancó con la sentencia 705/2015 del Supremo, que tildó de abusivas las cláusulas de gastos. En 2020, el TJUE afinó el reparto: registro, gestoría y tasación a cargo del banco, y notaría al 50 %. Desde junio de 2019, la nueva ley atribuye al banco casi todos los costes de constitución. Con la resolución europea de 13 de marzo de 2025, el reloj cuenta para la restitución (cinco años).

Por lo tanto, actuar ahora te evita prisas mañana, conoce más noticias sobre trámites y gestiones en nuestra plataforma web de información.

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