En España, los parados de larga duración, es decir, aquellas personas que llevan buscando empleo al menos durante un año, está integrado en buena parte por mayores de 50 años. Por este motivo, el SEPE gestiona una ayuda económica para apoyar a este colectivo de desempleados, que en su mayor parte tienen cargas familiares y que no consiguen un puesto de trabajo debido a su edad. Nos referimos al subsidio para mayores de 52 años. Para poder optar a él, hay que cumplir con unos mínimos de cotización.
Condiciones necesarias para poder beneficiarse del subsidio para mayores de 52 años
El SEPE indica cuáles son los requisitos necesarios para poder cobrar el subsidio por desempleo para mayores de 52 años. Una ayuda de 480 euros al mes, es decir, el 80% del IPREM, cuya característica principal es que cotiza para la jubilación. En concreto, lo hace por el 125% de la base mínima de cotización que haya vigente en cada momento. Además, para poder optar al mismo, hay que cumplir con esta serie de condiciones:
- Tener menos 52 años y no exceder la edad ordinaria de jubilación.
- Estar inscrito como demandante de empleo en los servicios públicos de empleo, es decir, el SAE en el caso de residir en Andalucía.
- No tener rentas propias que superen el 75% del SMI.
- Hay que suscribir un acuerdo de actividad, por el que el interesado/a se compromete a buscar un puesto de trabajo de manera activa. Esto implica no rechazar una oferta laboral por causa injustificada y llevar a cabo acciones de formativas para aumentar la empleabilidad.
El número de años cotizados por desempleo es clave para poder cobrar esta ayuda económica del SEPE
Siempre y cuando el beneficiario continúe cumpliendo las condiciones necesarias, como por ejemplo, no superar el límite de rentas y no incumpla el acuerdo de actividad, seguirá cobrando el subsidio hasta que cumpla los 65 años. No obstante, el Servicio Público de Empleo Estatal advierte, que hay que cumplir con unos mínimos en cuanto a los años cotizados se refiere:
- Haber cotizado para la jubilación un mínimo de 15 años.
- Cotizar por desempleo un mínimo de 6 años.
Este último punto es un gran escollo para muchos trabajadores por cuenta propia, ya que, en caso tener que cerrar su negocio, no pueden optar a esta ayuda del SEPE, puesto que lo habitual es los autónomos no coticen por desempleo. Aunque RETA y otros colectivos están luchando para que puedan tener derecho, una vez que hayan agotado la prestación por cese de actividad.
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