Creado para prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social, el Ingreso Mínimo Vital llega actualmente a 639.968 hogares en España, beneficiando de hecho a 1,9 millones de personas. Gestionado por la Seguridad Social, el IMV trata de proteger a las unidades familiares con menores a cargo, aunque también es posible que se beneficien personas que vivan solas. Aunque, las cuantías de esta prestación varían dependiendo de las condiciones personales y familiares del solicitante.
Requisitos generales para ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital
Tal y como hemos mencionado, al Ingreso Mínimo Vital pueden acceder tanto los ciudadanos que vivan solas como aquellos que estén integrados dentro de una unidad de convivencia. Esta última la podemos definir como un conjunto de personas que viven en el mismo domicilio y que les une un vínculo matrimonial, de pareja de hecho o de consanguinidad en segundo grado, afinidad o por adopción.
Condiciones básicas para poder ser beneficiario del IMV
Estas son las condiciones o requisitos básicos para tener acceso a esta ayuda de la Seguridad Social:
- Tener residencia legal y efectiva durante el último año en España.
- Demostrar encontrarse en situación de vulnerabilidad económica.
- La unidad de convivencia debe haberse formado, al menos, desde hace 6 meses.
- En caso de beneficiarios individuales:
- Tener al menos 23 años.
- Mujeres mayores de edad o menores emancipadas, víctimas de violencia de género.
- Lo pueden pedir menores de entre 18 y 22 años que provengan de centros de protección de menores.
- No superar el límite de ingresos que especifica la Seguridad Social.
Estas son las condiciones para cobrar cada mes la cuantía máxima de la Renta Garantizada
Las cuantías del Ingreso Mínimo Vital se corresponden con la Renta Garantizada, cuyo objetivo es garantizar las necesidades básicas de subsistencia y favorecer la integración de las personas en riesgo de exclusión social. Asimismo, los importes de la nómina del IMV, van a variar dependiendo del número de miembros que integren la unidad de convivencia.
Por consiguiente, para cobrar 1.329,27 euros al mes de cuantía básica al mes (15.951,24 euros al año), solo será posible en este en unidades de convivencia con cinco o más menores a cargo:
- 4 adultos y 1 menor.
- 3 adultos con más de 2 menores a cargo.
- 2 adultos con más de 2 menores a cargo.
- 1 adulto y más de 3 menores.
Las cuantías se incrementan en caso de familias monoparentales o discapacidad
Además, en caso de discapacidad igual o superior al 65% o en familias monoparentales, la cuantía para 5 miembros de una unidad de convivencia podría elevarse hasta los 1.462,20 euros al mes (17.543,40 € anuales). Incluso, podría llegar a los 1.595,13 euros (19.141,56 euros al año) en caso de concurrir ambas circunstancias, es decir, una familia monoparental en la que el progenitor tenga una discapacidad igual o superior al 65%.
En nuestra plataforma web de noticias de la comunidad autónoma de Andalucía publicamos a diario, todo lo que necesitas saber sobre otras ayudas y prestaciones. También, publicamos a diario información sobre la realidad socioeconómica de España, con especial atención a lo que sucede en la región andaluza.