Si has cotizado 15 años estás en el límite a partir del cual la Seguridad Social permite cobrar una pensión contributiva de jubilación. Recordemos al respecto que, si tienes una cotización inferior, o se da el caso de que nunca lo has hecho, solo podrás tener derecho a una PNC o pensión no contributiva. No obstante, aclarado dicho aspecto, vamos a ver a partir de qué edad puedes solicitar el retiro del mundo laboral si solo has cotizado durante 15 años.
Si has cotizado 15 años tendrás derecho solo al 50% de la base reguladora
En primer lugar, hay que considerar que para determinar la base reguladora que va a fijar el importe de la pensión de jubilación, la Seguridad Social establece un cálculo a partir de las bases de cotización que el trabajador haya tenido en los últimos 25 años. Para ello, se usa la valoración media de las 300 bases de cotización y se dividen por 350.
Pero ¿Qué ocurre si solo has cotizado por 15 años? En ese caso, solo podrás cobrar el 50% de la base reguladora, es decir, solo se considerará para efectuar cálculo del importe de la pensión, la mitad de la base reguladora por la que hayas estado cotizando en tus nóminas mientras has estado de alta.
¿Cuándo te puedes jubilar?
Desde que entró en vigor la reforma de las pensiones, está previsto que la edad ordinaria de jubilación se demore de forma progresiva año tras año. Hasta que llegue a los 67 años en el año 2027. Teniendo este punto en cuenta, y la normativa recogida en la Ley 27/2011, de 1 de agosto, que especifica la “actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social”, esto es lo que dice la ley al respecto, aplicable para el año 2024:
- Se podrán jubilar a los 65 años, solo aquellas personas que hayan cotizado por al menos 38 años.
- Si la cotización es inferior a 35 años, la edad de jubilación se retrasa hasta los 66 años y 6 meses.
Por consiguiente, si has cotizado un total de 15 años durante toda tu vida laboral, podrás beneficiarte de una pensión de jubilación contributiva de la Seguridad Social, a partir de que cumplas los 66 años y 6 meses. Además, en ningún caso podrías jubilarte de forma anticipada, ya que, no cumplirías con los requisitos necesarios, según cada caso:
- Para una jubilación voluntaria habría que haber cotizado al menos 35 años.
- En caso de ser involuntaria, habría que tener un mínimo de 33 años cotizados.
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