Quienes llevan medio año alejados del puesto por enfermedad dispondrán, si prospera el borrador del Ministerio de Inclusión, de un mes para reincorporarse poco a poco. Durante esos 30 días cobrarán la parte proporcional de su salario por media jornada y, además, conservarán el 50 % de la incapacidad temporal. ¿Un alivio económico y emocional a la vez? Todo apunta a que sí.
Quiénes podrán acogerse y por qué la medida se considera prioritaria para la salud laboral
El plan está dirigido a trabajadores con bajas superiores a 180 días causadas por enfermedades que requieren tratamientos largos—principalmente oncológicos—pero no se descartan otras patologías graves. El Ejecutivo abre también la puerta a los asalariados en pluriempleo: si un médico certifica que una de sus tareas no agrava la lesión, podrán mantenerla durante la convalecencia.
En la práctica, se busca evitar reincorporaciones bruscas y reducir el absentismo prolongado, una preocupación planteada por CEOE, Cepyme, CCOO y UGT desde 2023. “Ojo con los plazos”, advierten fuentes sindicales: el alta progresiva solo cubre el primer mes de vuelta.
Paso a paso para solicitar el alta progresiva y no perder derechos económicos
Antes de pedir esta modalidad conviene tener a mano cierta documentación. Toma nota:
- Parte médico que acredite más de 180 días de incapacidad.
- Informe detallado de la patología y justificación clínica de la reincorporación parcial.
- Autorización de la mutua o, en su defecto, del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
- Comunicación a la empresa con al menos 48 h de antelación.
¿Te suena engorroso? Tranquilo, el Ministerio prevé un formulario único —presencial y telemático— que agilizará el trámite; además, las mutuas podrán proponer el alta al INSS sin demoras si la baja es inferior a un año.
Cómo cambia tu nómina y la prestación durante los treinta días de reincorporación
Antes de continuar, observa la diferencia económica entre una reincorporación ordinaria y la progresiva:
Situación durante el primer mes | Salario empresa | Prestación IT | Ingresos totales |
---|---|---|---|
Alta ordinaria (jornada completa) | 100 % salario | 0 € | 100 % |
Alta progresiva (media jornada) | 50 % salario | 50 % prestación | ≈ 80 – 85 %* |
*La suma puede variar según complementos de convenio.
Como ves, el bolsillo apenas nota el cambio y, a la vez, se reinicia la actividad laboral con menor carga física.
Efectos previstos en absentismo, costes empresariales y eficiencia del sistema público
Seguridad Social calcula que la fórmula aliviará la saturación de la Inspección Médica y reducirá tiempos de valoración, gracias a nuevos Equipos de Valoración de Incapacidades centralizados. Para las empresas, el coste salarial se parte por la mitad y se recupera productividad perdida; para el trabajador, la vuelta escalonada minimiza recaídas. Por otro lado, la mutua mantiene un papel clave, pues podrá emitir altas por curación cuando la contingencia sea profesional y exceda los 365 días.
La propuesta de alta progresiva de 30 días combina salud, flexibilidad y protección económica. Si estás en una baja larga, prepara informes médicos y revisa la fecha en que cumplirás los 180 días para solicitarla a tiempo. ¿Necesitas más detalles? Consulta a tu mutua o al INSS y adelanta la documentación para no perder ni un euro.