Subsidio para mayores de 52: el SEPE resuelve las dudas más frecuentes sobre el mantenimiento de esta ayuda en 2025

El SEPE responde a las principales dudas sobre el subsidio para mayores de 52 años, aclarando requisitos, plazos y compatibilidad laboral.

El SEPE aclara cómo acceder y mantener el subsidio de mayores de 52 años, una ayuda que garantiza ingresos a desempleados de larga duración y mantiene sus cotizaciones a la Seguridad Social hasta la jubilación. La novedad: pautas claras sobre edad de acceso, corte a los 65 y compatibilidad con impartir formación.

El subsidio para mayores de 52 años concentra gran parte de las consultas que realizan los usuarios en el Servicio Público de Empleo Estatal. En diversos medios de comunicación, desde la Subdirección General de Prestaciones, han resuelto las dudas más frecuentes: cuándo se puede pedir, qué pasa al cumplir 65 y cómo afecta dar clases o cursos remunerados.

Quién puede solicitar el subsidio para mayores de 52 años y por qué

Pueden acceder quienes cumplan los requisitos de edad, rentas y cotización y estén en situación legal de desempleo. Se admite el acceso tras agotar una prestación contributiva o cuando se acreditan al menos 90 días nuevos cotizados.

¿Y si la situación ocurrió antes de cumplir los 52? También es posible, siempre que la inscripción como demandante de empleo se haya mantenido de forma ininterrumpida. Se considera ininterrumpida si cada pausa en la demanda no supera 90 días; el tiempo trabajado no rompe este criterio.

El plazo importa: el subsidio debe pedirse dentro de los 15 días posteriores a cumplir los 52. Si se solicita más tarde, se reconoce desde la fecha de solicitud, sin efectos retroactivos. Ojo con esto para no perder dinero por un simple retraso.

Plazos para solicitar y reanudar el subsidio y efectos en jubilación

Al cumplir 65 años, la ayuda se interrumpe porque es la primera edad posible para la jubilación ordinaria. Por lo tanto, no se puede seguir cobrando si se puede acceder a esa jubilación.

¿No reúnes las condiciones para jubilarte a los 65 (como no alcanzar los 38 años y tres meses cotizados)? En ese caso, cabe reanudar el subsidio. Para ello, basta presentar un certificado del INSS que lo acredite o autorizar al SEPE para solicitarlo. La recomendación es actuar con rapidez para evitar vacíos de ingresos: mejor solicitar la reanudación cuanto antes.

Procedimiento para pedir el subsidio del SEPE presencial y por internet

La tramitación puede hacerse de forma presencial o mediante la presolicitud online del SEPE, que permite identificarse con un SMS, sin necesidad de certificado digital. Sencillo y útil, ¿verdad? Antes de iniciar el trámite, conviene repasar los pasos clave y las condiciones básicas.

  • Comprobar requisitos de edad, rentas y cotización, y mantener la inscripción como demandante.
  • Solicitar dentro de los 15 días tras cumplir 52 o reanudar si a los 65 no procede jubilación.
  • Autorizar al SEPE a recabar el certificado del INSS cuando sea necesario.
  • Comunicar de inmediato cualquier actividad de formación remunerada.
  • Tras cada interrupción por trabajo o formación, solicitar la reanudación.

Cumplidos estos pasos, el expediente discurre sin sobresaltos. De ahí que la constancia en el sellado y la comunicación al SEPE sean tan determinantes.

Compatibilidad del subsidio con impartir formación y cómo comunicarla al SEPE

La compatibilidad depende de si existe alta en la Seguridad Social. En ambos supuestos hay que informar al SEPE antes de iniciar la actividad y, después, pedir la reanudación cuando se vuelva al desempleo. Así se evita perder el hilo de la prestación.

Si hay alta (por un contrato para impartir formación), puede solicitarse compatibilidad. Si no hay alta, debe declararse lo percibido y el periodo trabajado; esos días se descuentan por considerarse actividad a tiempo completo. En resumen: primero avisar, luego reanudar. Fácil y sin rodeos. A continuación, un esquema práctico para no confundirse entre escenarios:

Escenario de formaciónQué comunicar al SEPEEfecto sobre el subsidio
Con alta en Seguridad SocialAvisar inicio y fin; solicitar compatibilidad cuando procedaInterrupción mientras dura la actividad; reanudación al volver al desempleo
Sin alta en Seguridad SocialDeclarar ingresos y periodo exacto trabajadoDías descontados como actividad a tiempo completo; reanudación posterior

En definitiva, el subsidio para mayores de 52 años sigue siendo un apoyo clave que cotiza a la Seguridad Social hasta la jubilación. La clave está en no dejar pasar plazos, mantener la demanda activa y comunicar cualquier actividad formativa. Puedes conocer más asuntos relacionados en la sección de prestaciones de nuestro periódico digital.

Deja un comentario