Subsidio de 52 años e Ingreso Mínimo Vital: cómo cobrarlos a la vez sin perder ni un euro

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y la Seguridad Social permiten percibir simultáneamente el subsidio para mayores de 52 años, 480 euros al mes, el 80 % del IPREM, y el Ingreso Mínimo Vital (IMV). La clave: no superar el umbral económico que fija el IMV para cada hogar; cuando eso ocurre, la Administración ajusta la cuantía automáticamente.

Pasos detallados para solicitar simultáneamente el subsidio de mayores de 52 años y el IMV

¿Quieres saber por dónde empezar? Antes de nada, conviene revisar si se cumplen las condiciones básicas: tener 52 años o más, haber cotizado 15 años (dos en los últimos quince) y contar con al menos seis años de cotización por desempleo. Además, la unidad de convivencia ha de situarse por debajo del nivel de renta que marca el IMV. Sigue este itinerario:

  1. Revisar requisitos personales y familiares en la web del SEPE y de la Seguridad Social.
  2. Reunir la documentación: DNI, certificado de empadronamiento, libro de familia y vida laboral.
  3. Presentar la solicitud del subsidio en la sede electrónica del SEPE o en cualquier oficina de prestaciones (con cita).
  4. Solicitar el IMV en la plataforma de la Seguridad Social o por correo ordinario, adjuntando el formulario oficial.
  5. Esperar la resolución: si se cobra ya el subsidio, la Seguridad Social calculará el complemento del IMV sin trámite adicional.

El orden no altera el resultado, pero conviene no dejar pasar 15 días desde que se agota la prestación contributiva de desempleo.

Requisitos económicos y límites de ingresos que marca la Seguridad Social para 2025

La compatibilidad depende de que la suma de ingresos sea inferior al umbral del IMV. Estos son los principales límites:

Tipo de hogarLímite anual IMV*Subsidio 52 años (anual)¿Se puede cobrar ambos?
Un adulto7.200 €5.760 €Sí, siempre que otros ingresos no existan
Adulto + menor9.360 €5.760 €Sí, el IMV complementa hasta 9.360 €
Dos adultos + menor11.520 €5.760 €Compatible si el total no supera 11.520 €

*Importes aproximados para 2025. El IMV se ajusta caso por caso.

Como ves, si el subsidio y el resto de rentas no sobrepasan el tope, no hay veto. Por el contrario, cuando el subsidio iguala o supera la cuantía del IMV, este último se extingue.

Documentación necesaria y vías para tramitar ambas prestaciones sin errores

Para evitar devoluciones y retrasos, conviene preparar un ddosiercompleto. ¿Qué papeles no pueden faltar?

  • Fotocopia del DNI o NIE de todos los miembros de la unidad familiar.
  • Certificados de rentas emitidos por la Agencia Tributaria.
  • Vida laboral actualizada.
  • Justificante de inscripción como demandante de empleo.
  • Número de cuenta bancaria.

Las solicitudes pueden hacerse online, con certificado digital o Cl@ve, o presencialmente. En la vía telemática, el propio sistema cruza datos y avisa si falta algún documento. Por tanto, resulta más ágil y reduce visitas a la oficina.

Para finalizar, recuerda renovar la demanda de empleo y comunicar cualquier cambio de ingresos en un plazo máximo de 30 días. De ahí que muchos beneficiarios opten por activar avisos en la app del SEPE: así no se despistan. Y es que, compatibilizar el subsidio para mayores de 52 años y el IMV es viable y, para muchos hogares, imprescindible para llegar a fin de mes. Cumplir plazos, preparar la documentación y vigilar el límite de ingresos son los tres pilares para lograrlo sin sobresaltos.