El SEPE confirma 4 tipos de subsidios de los que pueden beneficiarse las mujeres en paro mayores de 45 años. Y es que, las desempleadas, sobre todo si tienen poca cualificación profesional, son un colectivo vulnerable que presenta especial dificultad a la hora de reinsertarse en el mundo laboral. Por este motivo, el Servicio Público de Empleo Estatal ofrece esta serie de ayudas que pueden alcanzar los 570 euros al mes. En suma, una ayuda para favorecer el sustento económico de muchos hogares, una vez que agotan el cobro de la prestación contributiva y continúan sin poder firmar un contrato de trabajo.
Las mujeres mayores de 45 años pueden beneficiarse de estos 4 subsidios del SEPE
Las mujeres mayores de 45 años en paro pueden beneficiarse de varias ayudas económicas del Estado. En concreto, el Servicio Público de Empleo Estatal ofrece a dicho colectivo estos 4 tipos de subsidio de desempleo: por agotamiento de la prestación contributiva, por cotizaciones insuficientes, para víctimas de la violencia de género o sexual y para mayores de 52 años.
Por otra parte, debido a la entrada en vigor de la reforma de los subsidios, el pasado 1 de noviembre, durante estos meses ha habido cambios al respecto de estas ayudas y, por tanto, existen algunos nuevos matices que es conveniente aclarar. Sobre todo en lo referente a las cuantías, la duración y los requisitos para poder acceder a algunos de ellos. Por este motivo, a continuación, vamos a ver las características de cada uno de forma pormenorizada.
Subsidio de desempleo por agotamiento de la prestación contributiva
Las personas que agotan la prestación contributiva pueden solicitar el subsidio por desempleo. Una ayuda que es escalable, en el sentido que se cobran 570 euros durante los primeros 180 días, 540 euros en los 6 meses siguientes, y 480 euros en el resto. Su duración va a depender de 3 factores fundamentales: si hay o no responsabilidades familiares, la edad de la solicitante y cuál ha sido la duración de la prestación contributiva que han agotado. Lo vemos mejor en la siguiente tabla:
Responsabilidades familiares | Edad | Duración de la prestación agotada | Duración del subsidio |
---|---|---|---|
No | Mayor de 45 | Mayor o igual a 360 días | 6 meses |
Menor de 45 | Mayor o igual a 120 días | ||
Sí | Indiferente | 120 días | 24 meses |
Mayor o igual a 180 días | 30 meses |
Subsidio por cotizaciones insuficientes
Para tener derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo, hay que haber cotizado como mínimo durante 360 días. ¿Qué sucede si no se alcanza ese periodo de cotización mínima? Pues en estos casos, entra en escena el subsidio por cotizaciones insuficientes. En este caso, la cuantía a percibir también es escalable y es la misma que hemos visto para el caso anterior. Sin embargo, la duración sí que varía, tal y como mostramos a continuación:
Cotización | Responsabilidades familiares | Duración del subsidio |
---|---|---|
90 días | No | 3 meses |
120 días | 4 meses | |
150 días | 5 meses | |
180 días | Sí | 21 meses |
Subsidio para víctimas de la violencia de género
Este subsidio, es decir, el destinado a las mujeres desempleadas que han sido víctimas de la violencia de género y sexual, es nuevo. Por tanto, es una de las novedades que implementó la reforma que afectó a las ayudas del SEPE el pasado mes de noviembre. La cuantía es la misma que hemos visto en los casos anteriores. No obstante, la duración máxima de esta ayuda será como máximo de 30 meses.
Subsidio para mayores de 52 años
Una vez cumplidos los 52 años, las personas que hayan agotado la pensión contributiva pueden solicitar directamente el subsidio para mayores de 52 años. En este caso, la cuantía sí que es diferente, ya que se mantiene en los 480 euros, es decir, el 80 % del IPREM, desde el primer mes. Lo significativo de esta ayuda es que se puede cobrar indefinidamente hasta llegar a la edad de jubilación. Además, mientras se percibe, se está cotizando para la pensión, por el 125 % de la base mínima que haya establecida en ese momento.
¿Qué hay que hacer para solicitar estas ayudas del SEPE?
Si eres mujer mayor de 45 años y te encuentras en situación de desempleo, el primer paso es inscribirte como demandante de empleo en los servicios de empleo comunitarios: el SAE en caso de residir en Andalucía. Allí deberás suscribir la BAE, con el fin de acreditar que te comprometes a buscar empleo de forma activa. Después, debes acudir al Servicio Público de Empleo Estatal para gestionar el cobro del subsidio que te corresponda. En ese aspecto, puedes ver las características de cada uno de ellos con más detalle, en la web del SEPE.
En suma, para conocer más noticias relacionada con subsidios, pensiones u otras prestaciones, te recomendamos que visites nuestro periódico digital de información socioeconómica de Andalucía.