El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha estrenado un subsidio pensado para las personas desempleadas de 30 a 55 años que ya han consumido el paro. Respaldado por el Real Decreto‑Ley 2/2024, permite cobrar hasta 570 euros al mes, pedirlo sin mes de espera y compatibilizarlo con trabajos temporales. ¿Quieres saber si cumples los requisitos y cómo se solicita? Sigue leyendo.
Los requisitos esenciales que debes cumplir para acceder a este nuevo subsidio del Servicio Público de Empleo
Este apoyo no exige tener cargas familiares, pero sí cumplir varias condiciones básicas:
- Estar inscrito como demandante de empleo y mantener la inscripción.
- Haber agotado la prestación contributiva por desempleo.
- Tener ingresos propios por debajo del 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (aprox. 810 € mensuales).
- Acreditar, en determinados casos, al menos 15 años cotizados (dos en los últimos quince).
Además, el SEPE contempla perfiles especiales: menores de 45 años sin cargas, víctimas de violencia de género, trabajadores agrarios o quienes regresen de trabajar en el extranjero. ¿Te reconoces en alguno de ellos?
Cuantía y duración: así suben los importes y cómo se renueva cada tres meses sin complicaciones
Antes, el antiguo subsidio se clavaba en 480 €. Ahora la escala es más generosa:
Periodo de cobro | Importe mensual |
---|---|
Meses 1‑6 | 570 € |
Meses 7‑12 | 540 € |
A partir del 13 | 480 € |
Como ves, el primer semestre aporta un extra de 90 € mensuales. Ojo con los plazos: la ayuda se reconoce por tres meses y puede renovarse trimestralmente hasta agotar la duración que marque tu caso.
Cambios clave introducidos por el Real Decreto‑Ley 2/2024 que simplifican el acceso y aceleran el cobro
De ahí que la reforma resulte tan atractiva:
- Sin “mes de espera”: puedes solicitar el subsidio al día siguiente de terminar el paro.
- Ingresos individuales, no familiares: solo cuenta tu renta, no la de tu unidad de convivencia.
- Misma cuantía sin importar la jornada previa: ya trabajases a media jornada o completa, cobrarás lo mismo.
- Cómputo desde la solicitud: el reloj empieza cuando presentas la petición, evitando retrasos retroactivos.
¿Te preocupa la compatibilidad con un empleo? Gracias al Complemento de Apoyo al Empleo (CAE) podrás trabajar y seguir recibiendo la ayuda durante 180 días. También es combinable con becas de formación profesional para que no tengas que elegir entre estudiar o ingresar un sueldo.
Documentación, vías de presentación y consejos prácticos para no perder tiempo en la tramitación ante el SEPE
La gestión puede hacerse online (sede electrónica del SEPE) o presencial con cita previa. Prepara:
- DNI o NIE y, si procede, libro de familia.
- Certificado de empresa que acredite el fin de la prestación contributiva.
- Justificante de rentas (nóminas, recibos de autónomos o certificado de Hacienda).
- Número de cuenta bancaria para el ingreso.
Por otro lado, recuerda conservar el justificante de la solicitud y actualizar tu demanda de empleo cuando el SEPE lo indique. Un pequeño despiste puede costarte dinero.
¿Qué pasa si me deniegan la ayuda y cuáles son las alternativas dentro del sistema de protección al desempleo español?
El SEPE puede rechazar la petición por superar el límite de rentas, no haber cotizado lo suficiente o incumplir la búsqueda activa de empleo. En ese caso, tienes 30 días para reclamar ante la propia oficina y, más tarde, vía juzgado social si fuera necesario. Como alternativa, quizá encajes en otros subsidios específicos (mayores de 52 años, insuficiencia de cotización, subsidio agrario) o en el Ingreso Mínimo Vital.
Este nuevo subsidio supone un balón de oxígeno para miles de desempleados que se han quedado sin paro y necesitan reengancharse al mercado laboral. Si te encuentras en esa franja de edad, revisa los requisitos, reúne la documentación y solicita la ayuda cuanto antes: dispones de hasta seis meses tras agotar la prestación contributiva.