Los trabajadores que interrumpen su empleo para cuidar hijos o familiares dependientes pueden computar esos periodos como cotizados, evitando lagunas para la jubilación y otras prestaciones clave.
La Seguridad Social permite reconocer como cotización efectiva los periodos de excedencia por cuidado. En la práctica, hasta tres años por cada hijo y hasta dos por cada familiar dependiente se añaden a la vida laboral, de modo que la jubilación y otras prestaciones no se vean perjudicadas. La medida opera desde que se concede la excedencia y el cómputo se realiza siempre como si fuera a jornada completa, aunque antes se trabajase a tiempo parcial.
Quién puede beneficiarse en la Seguridad Social de este cómputo de cotización por excedencia familiar
Está dirigido a quienes solicitan una excedencia para cuidar a hijos (biológicos, adoptados o en acogimiento) o a familiares dependientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. El amparo legal figura en el artículo 237 de la Ley General de la Seguridad Social, que incorpora estos periodos como cotización efectiva a efectos de futuras prestaciones. ¿Temes perder derechos por cuidar a los tuyos? Justo lo contrario: la norma evita lagunas en la carrera profesional y protege el acceso a pensiones y subsidios. Antes de continuar, conviene retener estas ideas clave en un vistazo rápido.
- Hasta tres años por cada hijo; hasta dos por cada familiar dependiente.
- Cuenta para jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad.
- Se computa siempre a jornada completa, aunque el contrato previo fuera parcial.
- Aplica desde el inicio de la excedencia y se suma a la vida laboral.
- Reconocimiento automático; basta justificar el motivo cuando corresponda.
- Puede complementarse con convenios especiales y con el complemento para brecha de género.
Por tanto, quienes cuidan no ven mermados sus derechos; al contrario, el sistema los preserva.
Cuánto tiempo de cotización suma la excedencia y para qué prestaciones aplica
El tiempo reconocido se incorpora a la vida laboral y se tiene en cuenta para pensiones y subsidios. De hecho, se considera cotización efectiva a efectos de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad. A continuación, un resumen práctico.
| Tipo de excedencia | Tiempo máximo computable | Prestaciones a las que cuenta | Observaciones clave |
|---|---|---|---|
| Cuidado de hijos | Hasta 3 años por cada hijo | Jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad | Cómputo a jornada completa desde el inicio de la excedencia |
| Cuidado de familiares dependientes | Hasta 2 años por cada familiar (hasta segundo grado) | Jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad | Cómputo a jornada completa; vínculo hasta segundo grado |
¿Y si antes trabajabas a tiempo parcial? Esto quiere decir que, durante la excedencia reconocida, el cómputo será como si hubieras cotizado a jornada completa. No es compatible con cotizar simultáneamente a tiempo parcial en ese mismo periodo.
Cómo solicitar en la Seguridad Social el reconocimiento y qué documentación mínima puede requerirse
El procedimiento de solicitud a la Seguridad Social del reconocimiento de las cotizaciones en periodo de excedencia es ágil: cuando se reanuda la actividad o se solicita una prestación, los periodos de excedencia quedan incorporados automáticamente al historial, sin trámites adicionales. Por consiguiente, solo se exige justificar el motivo del permiso en el momento de la solicitud.
¿Puedo hacerlo presencial y online? Sí: las consultas y gestiones pueden realizarse en la web oficial de la Seguridad Social o en sus oficinas de atención. En primer lugar, reúne la acreditación del cuidado (por ejemplo, del hijo o del familiar dependiente). Posteriormente, al pedir la pensión o reingresar, la Administración añadirá el periodo reconocido a tu vida laboral.
Alternativas para mantener cotizaciones durante ausencias y complementar la pensión
Si la excedencia supera los años que reconoce la ley, o si quieres reforzar tu futura pensión, existen convenios especiales para seguir cotizando por cuenta propia durante los periodos sin empleo. Además, quienes hayan visto frenada su carrera por el cuidado de menores o familiares pueden optar al complemento para la reducción de la brecha de género, que se solicita cuando se reconoce la pensión.
Por otro lado, esta protección convive con otras medidas orientadas a los cuidados, como las ayudas por cuidado de menores con enfermedades graves o la posibilidad de reservar el puesto de trabajo durante la excedencia. En definitiva, el objetivo es claro: que atender a los más vulnerables no implique renunciar a derechos ni a una jubilación en condiciones.
Para finalizar, si quieres conocer más información sobre pensiones y otros temas relacionados, te recomendamos que visites la sección de prestaciones de nuestro diario digital.