¿Sabes que puedes cobrar un complemento de 500 € al mes incluso si estás trabajando? Así se solicita al SEPE

El CAE permite compatibilizar el paro con un empleo remunerado si el salario es inferior a 1.350 € al mes, por un máximo de seis meses.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha puesto en marcha en 2025 un complemento económico de casi 500 € mensuales: el Complemento de Apoyo al Empleo (CAE). Recogido en el Real Decreto‑ley 2/2024, permite seguir percibiendo esta ayuda mientras se trabaja por cuenta ajena, siempre que el sueldo no supere los 1.350 € mensuales. ¿Es para ti? Va dirigido a quienes han agotado la prestación contributiva y busca impulsar la reincorporación laboral.

Quién puede solicitar el CAE del SEPE y cuáles son los requisitos básicos

Para acceder al CAE hay que cumplir condiciones concretas, pensadas para impulsar la vuelta al mercado laboral con garantías.

  • Haber agotado la prestación contributiva por desempleo.
  • Que esa prestación se hubiera concedido por un periodo superior a 12 meses.
  • Iniciar un empleo por cuenta ajena, a jornada completa o parcial.
  • Tener un salario mensual inferior a 1.350 euros.
  • Que hayan transcurrido al menos nueve meses desde que se empezó a cobrar la prestación contributiva.

Si encajas en este perfil, podrás compatibilizar el nuevo empleo con el complemento durante el tiempo previsto. Por lo tanto, hablamos de un apoyo dirigido y temporal, no de una renta indefinida.

Por otra parte, la compatibilización del CAE con el salario se mantiene durante un máximo de 180 días, es decir, seis meses. Además, solo se concede si la remuneración es inferior a 1.350 € al mes, al situarse el umbral en el 225 % del IPREM. De este modo se incentiva aceptar ofertas mientras se consolida la estabilidad.

Cómo solicitar el Complemento de Apoyo al Empleo: cuantías para 2025

El trámite se realiza en las oficinas del SEPE, con cita previa, aportando la documentación que acredite el cumplimiento de requisitos. Sí, pedir cita puede ser un lío por la saturación actual, pero es imprescindible. A través de la sede electrónica del SEPE también puedes informarte de los plazos y de los pasos a seguir. ¿Tienes todo preparado?

Por otra parte, la cuantía inicial es del 80 % del IPREM (480 €) y se reduce con el tiempo. Además, varía según la jornada de trabajo: no es lo mismo tiempo completo que parcial. De hecho, el porcentaje cambia por periodos, como podemos observar en la siguiente tabla:

PeriodoJornada completa≥ 75 % de jornada50 %–74 % de jornada< 50 % de jornada
Primer trimestre80 % (480 €)75 %70 %40 %
Segundo trimestre60 %50 %45 %40 %
Tercer trimestre40 %35 %30 %25 %
Meses quinto y sexto20 %15 %10 %5 %

Con esta escala, el organismo premia la reincorporación y, por consiguiente, va reduciendo el complemento para favorecer la estabilidad en el empleo.

Tope máximo de ingresos con el CAE y controles del SEPE e Inspección

Existe un tope máximo del 375 % del IPREM: si con tu salario y la ayuda, o con otros ingresos, alcanzas 2.250 €, no podrás cobrar más. Además, la concesión del CAE puede conllevar controles específicos del SEPE y de la Inspección de Trabajo para verificar que se cumplen los requisitos y que no hay jornadas o pagos no declarados. Por consiguiente, conviene tenerlo todo en regla para evitar problemas.

Te recordamos que en nuestro periódico digital disponemos de una sección de prestaciones, en la que puedes consultar otros interesantes temas como este y otros asuntos relacionados.

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