La norma general exige 23 años, pero desde los 18 hay excepciones muy tasadas. Estos son los requisitos y los papeles clave para saber si puedes solicitar el IMV.
El Ingreso Mínimo Vital (IMV), gestionado por la Seguridad Social, aplica un filtro más duro a los menores de 23. Según los últimos datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el 41,1 % de los beneficiarios del IMV son menores integrados en unidades de convivencia; y atento, porque ser titular antes de esa edad queda reservado a perfiles concretos.
Además, la Seguridad Social ya ha detallado qué hogares podrán alcanzar la cuantía más alta el próximo año, como explica qué familias cobrarán el IMV máximo en 2026. ¿Estás en ese grupo? Toma nota de los requisitos que debes cumplir para ser beneficiario de esta prestación del Estado.
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La barrera de los 23 años en el IMV y el motivo de fondo
En la práctica, el IMV a título individual se abre, por norma, a partir de los 23 años. La razón es que se prioriza la protección familiar y, si esa red no existe, la del sistema público; de ahí que las excepciones se limiten a situaciones de especial vulnerabilidad.
Por otro lado, entre los 18 y los 22, solo puedes solicitar el IMV como titular si encajas en alguno de estos 4 supuestos:
- Jóvenes con menores a cargo (mayores de 18 y emancipados legalmente).
- Extutelados de entidades públicas de protección (18 a 22) con tutela en los tres años previos a la mayoría de edad.
- Huérfanos absolutos que viven solos y no forman otra unidad de convivencia.
- Mujeres mayores de edad víctimas de violencia de género o de trata y explotación sexual (pueden pedirlo desde los 18).
Si te reconoces aquí, toca pasar a la segunda criba. ¿Lo tienes todo en orden?
Requisitos de independencia, alta y renta, y documentos que lo prueban
Además del perfil, la Seguridad Social aplica requisitos adicionales para confirmar que el IMV es el último recurso. En la práctica, se comprueba lo siguiente:
- Independencia: haber vivido al menos dos años por tu cuenta, salvo víctimas de violencia o personas extuteladas.
- Alta: sumar 12 meses de alta en algún régimen, aunque no sean seguidos.
- Ingresos: no superar la renta garantizada y, para 2026, no pasar del umbral indicado de 733,60 euros al mes en un beneficiario individual.
Si cumples, el siguiente paso es acreditarlo con documentación. Conviene prepararla antes para evitar requerimientos.
- Sentencia o certificado de guarda, orfandad o estancia en centros de protección.
- Vida laboral que acredite los 12 meses de alta exigidos.
- Certificado de empadronamiento que pruebe residencia independiente durante los dos años previos.
Con estos papeles, la solicitud suele ir más directa.
Si además tienes hijos, el IMV puede incluir el “Complemento de ayuda para la infancia”. En 2026, las cuantías mensuales se reparten así:
| Tramo de edad del menor | Cuantía mensual en 2026 |
|---|---|
| Menor de 3 años | 115 € |
| De 3 a 6 años | 80,50 € |
| De 6 a 18 años | 57,50 € |
En consecuencia, pedir el IMV antes de los 23 no es imposible, pero sí exige encajar en un supuesto concreto y acreditarlo bien con requisitos y documentos. Para más noticias relacionadas, te recomendamos que visites nuestra sección de prestaciones.

