El nuevo año nos trae cambios en diversos ámbitos y el aumento de la edad de jubilación no se queda atrás. A partir del 1 de enero de 2025, la normativa vigente amplía la edad ordinaria de jubilación. Por lo tanto, en esos momentos, los trabajadores que quieran jubilarse con el 100 % de la pensión, es decir, sin penalizaciones, deben tener 66 años y 8 meses cumplidos. Además, para asegurar el sistema que sustenta a las pensiones, está previsto que cada año se incremente de forma progresiva hasta llegar a los 67 años a partir de enero de 2027. Sin embargo, a día de hoy es posible jubilarse a los 65 años, y sin penalizaciones. Te contamos cómo.
El 2025 nos trae un aumento de la edad ordinaria de jubilación en España
Para entender qué está ocurriendo ahora con el incremento de la edad necesaria para jubilarse con la totalidad de la pensión, hay que remontarse al 2013. Y es que, a partir de dicho año, se puso en marcha la reforma de las pensiones, que estableció un aumento progresivo de la edad de jubilación de los 65 a los 67 años en un periodo de 15 años (2013-2017).
Por otra parte, no solo la edad con la que jubilarse ha cambiado. También, lo han hecho de forma paralela las cotizaciones mínimas necesarias para no sufrir penalizaciones en la cuantía de la pensión. Aunque este aumento no ha afectado a las pensiones no contributivas, es decir, las destinadas a aquellas personas con cotización insuficiente, menor de 15 años.
Para jubilarse ahora con 65 años y el 100 % de pensión hay que cumplir con este requisito
A pesar del incremento de la edad ordinaria de jubilación, a partir de enero de 2025 es posible jubilarse a los 65 años sin penalizaciones, siempre y cuando se cumpla con un requisito esencial. La condición no es otra que tener cotizados, por lo menos, 38 años y 3 meses o más a lo largo de toda la vida laboral.
¿Qué sucede con la jubilación anticipada?
Según informa la plataforma web de la Seguridad Social, los trabajadores pueden jubilarse de manera anticipada de forma voluntaria, hasta como máximo 24 meses antes de la edad legal ordinaria que hay establecida. Por consiguiente, si el ciudadano reúne los requisitos para poder jubilarse a los 65 años podría jubilarse a los 63 años, en caso contrario, tendría que esperar a los 64 años y ocho meses. Además, para anticipar el retiro del mundo laboral, el beneficiario tiene que cobrar una pensión, cuyo importe sea superior a la pensión mínima. Aunque, en cualquier caso, se aplicarían los correspondientes coeficientes reductores.
Otro caso aparte es la jubilación anticipada forzosa, es decir, la que sucede ajena a la voluntad del trabajador. En este caso, se podría jubilar como máximo 48 meses antes de la edad ordinaria de jubilación, lo cual establece el límite en los 62 años y ocho meses, o los 61 años. Aunque, este último caso, solo sería aplicable en las carreras profesionales más largas.
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