Pensiones no contributivas 2025: el IMSERSO aclara los límites de ingresos, requisitos y cuantías vigentes hasta fin de año

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Las pensiones no contributivas garantizan ingresos a quienes no han cotizado lo suficiente.

¿Quieres saber si puedes cobrar esta prestación en 2025? En pocas palabras: si tus ingresos anuales son inferiores a 7.905,80 euros, podrías tener derecho a una pensión no contributiva de jubilación o de invalidez. Estas ayudas, reconocidas por el IMSERSO junto a las comunidades autónomas, incluyen una prestación económica, asistencia médico‑farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios.

Límite de ingresos y compatibilidades de la pensión no contributiva 2025

El IMSERSO considera que existe carencia cuando las rentas personales, en cómputo anual, no superan 7.905,80 euros. En invalidez, la pensión puede compatibilizarse con salario por trabajo hasta 15.105,80 euros, cifra que resulta de sumar la cuantía anual de la pensión y el IPREM; si se rebasa, la prestación se reduce para no exceder ese tope.

Los límites también dependen de la convivencia. Para 2025, cuando se vive con cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado, los umbrales anuales son: 13.439,86 euros (2 personas), 18.973,92 euros (3) y 24.507,98 euros (4). Si se convive con parientes de primer grado (padres o hijos), los topes ascienden a 33.599,65 euros (2), 47.434,80 euros (3) y 61.269,95 euros (4). Por lo general, no se pueden percibir dos pensiones del mismo régimen a la vez; en las no contributivas, jubilación e invalidez son incompatibles entre sí y con la de viudedad.

Quién puede cobrar la pensión no contributiva en 2025 y por qué

Antes de pensar en la solicitud, conviene repasar los requisitos básicos. Ojo, porque el cumplimiento de todos es imprescindible:

  • Carecer de ingresos o que la suma anual de la unidad económica sea inferior a 7.905,80 euros.
  • La gestión corresponde a las comunidades autónomas y, en Ceuta y Melilla, a las direcciones provinciales del IMSERSO.
  • Jubilación: tener 65 años o más y residir legalmente en España durante 10 años entre los 16 y la fecha de solicitud, con 2 consecutivos e inmediatamente anteriores.
  • Invalidez: tener entre 18 y 65 años, residencia legal en España de 5 años (con 2 inmediatamente anteriores) y una discapacidad igual o superior al 65%.
  • Incompatibilidades: no es posible cobrar a la vez jubilación e invalidez ni combinarlas con la de viudedad; en invalidez, el trabajo es compatible hasta 15.105,80 euros en total anual.

Cómo solicitar la pensión no contributiva paso a paso y documentación

La tramitación y el reconocimiento se realizan ante la administración autonómica competente; en Ceuta y Melilla, ante el IMSERSO. ¿El procedimiento? Presentar la solicitud y la documentación que acredite identidad, residencia y, en su caso, discapacidad y rentas. Posteriormente, el órgano gestor verifica requisitos y dicta la resolución. Por tanto, el primer movimiento es acudir al organismo público de tu comunidad para obtener formularios y plazos de presentación.

A continuación, las cuantías básicas de 2025. La cuantía individual se fija según las rentas personales y de la unidad de convivencia; nunca puede ser inferior al 25%, es decir, 1.976,45 euros anuales. En invalidez, si el grado es igual o superior al 75% y se necesita ayuda de tercera persona, se añade un complemento del 50% (3.952,90 euros), alcanzando la suma de “íntegra más incremento”.

CUANTÍAANUAL (€)MENSUAL A PERCIBIR (€)
Íntegra7.905,80564,70
Mínima (25%)1.976,45141,18
Íntegra más incremento del 50%11.858,70847,05

Si en la misma unidad económica conviven varios beneficiarios, la cuantía íntegra individual se ajusta: con 2 beneficiarios es 6.719,93 euros al año (480,00 mensuales); con 3, 6.324,64 euros (451,76 mensuales); y con 4, 6.127,00 euros (437,64 mensuales). Esto quiere decir que se protege a más miembros sin superar los límites de acceso.

¿Crees que cumples los requisitos? El siguiente paso es contactar con tu comunidad autónoma o con el IMSERSO si resides en Ceuta o Melilla, para iniciar la tramitación. ¿A qué esperas para comprobarlo? Conoce más noticias sobre prestaciones en nuestro periódico digital de la comunidad autónoma de Andalucía.

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