Cobrar dos prestaciones al mismo tiempo puede generar dudas. Aunque la Seguridad Social confirma que son compatibles, hay ciertos escenarios en los que jubilación y viudedad no pueden solaparse sin inconvenientes. Conocer estos detalles es fundamental para evitar sorpresas y planificar adecuadamente la economía familiar.
Para la mayoría de pensiones contributivas, la norma general indica que no se pueden percibir dos a la vez si coinciden en la misma persona. Sin embargo, la pensión de viudedad es la gran excepción: la ley permite recibirla junto con otras prestaciones, incluida la jubilación. ¿Por qué se hace esta salvedad? Porque la finalidad de la viudedad es proteger al cónyuge superviviente, de ahí que la legislación contemple esta compatibilidad especial. Ahora bien, ¿te interesa saber más? Antes de cantar victoria, conviene tener en cuenta que sí existen límites que pueden condicionar esta simultaneidad.
Por qué la Seguridad Social advierte sobre el límite máximo de pensión y sus excepciones
La clave radica en que la suma de ambas pensiones no puede superar la cuantía máxima vigente. Para 2025, el límite está fijado en 3.267,60 euros mensuales. Si al combinar jubilación y viudedad se rebasa ese techo, la Seguridad Social aplicará las reducciones correspondientes hasta ajustarlas a ese máximo. A continuación, se muestra una tabla con las dos prestaciones y su posible compatibilidad:
Situación | Compatible/No Compatible |
---|---|
Jubilación contributiva + Viudedad | Compatible, siempre que no exceda la pensión máxima |
Jubilación no contributiva (PNC) + Viudedad | No compatible, por la exigencia de carecer de ingresos |
Viudedad con complemento a mínimos + PNC | No compatible, se pierden derechos si hay superación de rentas |
Esta tabla ejemplifica cómo la compatibilidad o incompatibilidad depende de la naturaleza de cada prestación y del nivel de ingresos que se posea.
Incompatibilidad de las pensiones no contributivas al recibir la pensión de viudedad con complemento a mínimos
Las pensiones no contributivas (PNC) se conceden a quienes, por falta de cotizaciones suficientes, carecen de los recursos necesarios para subsistir. Por tanto, resultan incompatibles con la pensión de viudedad si esta se cobra con el complemento a mínimos, ya que esto implica disponer de unas rentas que anulan el derecho a la PNC.
Para aclararlo de forma sencilla, si una persona recibe viudedad con importe suficiente para cubrir el mínimo establecido, se presume que ya cuenta con medios económicos. Entonces, ¿cómo acceder a una PNC? Solo procedería cuando las rentas fueran inexistentes, lo que no ocurre si se percibe la otra pensión.
Qué ocurre con Hacienda al percibir dos pensiones y considerarse dos pagadores fiscales
Un aspecto que a veces se pasa por alto es el fiscal. Recibir a la vez la jubilación y la viudedad implica contar con dos pagadores, lo que generalmente obliga a presentar la declaración de la renta si la suma anual de ambas supera los 15.000 euros. Ojo con este detalle, porque un descuido podría acarrear sanciones inesperadas. A modo de resumen, conviene manejar esta lista de precauciones:
- Verificar la cuantía máxima y no superar los 3.267,60 euros mensuales.
- Asegurarse de no reunir requisitos para una PNC si se percibe viudedad con complemento.
- Revisar el criterio de dos pagadores para evitar problemas con la Agencia Tributaria.
La pensión de viudedad se considera una excepción en el panorama de las prestaciones, ya que puede compatibilizarse con la jubilación siempre y cuando no se exceda el máximo establecido y se cumplan los requisitos legales. Es recomendable informarse adecuadamente y consultar con profesionales para no incurrir en incompatibilidades inesperadas. Conoce otras noticias de prestaciones en nuestra plataforma web de información de Andalucía.