Pensión de orfandad: edad límite para cobrarla y cómo rellenar el formulario en 2025

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La prestación económica de orfandad compensa a hijas e hijos tras el fallecimiento de una persona progenitora. Te explicamos, de forma práctica, requisitos, edades, documentos y desde cuándo empieza el cobro.

La pensión de orfandad está pensada para proteger ingresos cuando falta quien sostenía el hogar. Pueden solicitarla hijas e hijos en distintas situaciones de edad o discapacidad, e incluso, en ciertos casos, hijos aportados al matrimonio del cónyuge sobreviviente. ¿Quieres saber si cumples los requisitos y cómo tramitarla sin perder plazos?

Quién puede solicitar la pensión de orfandad y motivos para pedirla

La ayuda se dirige a hijas o hijos de una persona que ha fallecido. También pueden beneficiarse los hijos aportados al matrimonio por el cónyuge sobreviviente, si el matrimonio se celebró al menos dos años antes del fallecimiento y hubo dependencia económica, sin derecho a otras pensiones ni familiares obligados y con posibilidad de prestar alimentos.

En cuanto a la causa del fallecimiento, da derecho a pensión si fue por accidente no laboral, por enfermedad profesional o por enfermedad común. En este último supuesto, la persona fallecida debía estar de alta o en situación asimilada, o bien haber cotizado al menos 15 años. Si la muerte se debió a accidente de trabajo, el trámite se realiza ante la mutua correspondiente.

Respecto a la persona beneficiaria: pueden pedirla los menores de 21 años; quienes tengan entre 21 y 25 años y no trabajen con ingresos superiores al SMI (15.876 € anuales); o mayores de 21 con incapacidad permanente absoluta o gran incapacidad.

Fechas, retroactividad y primeros pagos de la pensión de orfandad

La prestación puede solicitarse en cualquier momento tras el fallecimiento. Ahora bien, el cobro tiene una retroactividad máxima de tres meses desde la fecha de solicitud. ¿Qué supone esto? Que cuanto antes presentes la petición, mejor protegerás tus meses de pago. En la siguiente tabla, resumimos cómo se computa el inicio del pago según la situación de la persona fallecida:

Situación de la persona fallecidaCuándo empieza el pago
Era pensionistaDesde el primer día del mes siguiente al fallecimiento
No era pensionistaDesde el día posterior al fallecimiento

Tras presentar la solicitud, podrás obtener un comprobante. La resolución suele notificarse en torno a 10 días (con un máximo legal de 90). Si es favorable, el abono se incorpora a la siguiente mensualidad. Fácil y, sobre todo, previsible.

Cómo solicitar la prestación presencial u online y qué documentos reunir

El trámite se realiza ante la Seguridad Social y puede hacerse presencialmente o por vía electrónica. Para identificarte online puedes usar certificado digital o Cl@ve. ¿Qué papeles conviene tener listos antes de empezar? Aquí va lo esencial para no perderte:

  • Identificación de la persona solicitante (DNI). Si tramitas online, bastará con certificado digital o Cl@ve.
  • Prueba del vínculo con la persona fallecida: libro de familia, actas de nacimiento, certificado de adopción o de acogimiento familiar.
  • En caso de hija o hijo aportado al matrimonio: certificado de empadronamiento o documento que acredite convivencia con la persona fallecida durante los dos años previos.
  • Otros justificantes que puedan solicitarse según tu situación y el tipo de pensión.

Además, si el fallecimiento fue por accidente de trabajo, recuerda: tendrás que dirigirte a la mutua correspondiente. Por lo tanto, conviene revisar bien la causa del fallecimiento antes de iniciar el trámite.

Solicitud conjunta de pensión de viudedad y orfandad: cuándo procede

Es posible solicitar, en la misma gestión, la pensión de viudedad y la de orfandad para hijos menores de edad o dependientes. Dependiendo del caso, quizá debas completar datos de ambas prestaciones en un único formulario o aportar documentos en distintos servicios. Si necesitas pedir la orfandad para ti y tus hermanos menores y tienes la tutela legal, puedes hacerlo conjuntamente. En cambio, para hermanos mayores de edad sin situación de incapacidad, se presentan solicitudes separadas, actuando como su representante. Así de claro.

Cuándo se suspende o extingue esta prestación y casos habituales

La pensión se mantiene mientras persistan los requisitos. Se suspende o extingue al alcanzar las edades máximas o incumplir condiciones, por adopción por parte de una nueva persona progenitora, o por contraer matrimonio o formar unión de hecho en huérfanos mayores de 16 años, salvo quienes tengan incapacidad permanente absoluta o gran incapacidad. ¿Te reconoces en alguno de estos supuestos? Mejor comprobarlo antes de cualquier cambio personal.

Para finalizar, recomendamos visitar nuestro periódico digital para conocer más información sobre otras ayudas y prestaciones de la Seguridad Social.

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