El sistema público de pensiones español aplica coeficientes reductores a todos los trabajadores que deciden, por causas ajenas a su voluntad, jubilarse hasta cuatro años antes de la edad legal. ¿El resultado? Una merma que puede alcanzar el 30 % aunque sumen más de 40 años cotizados, muy por encima de los 36 años y 6 meses que dan derecho al 100 % si se espera a la edad ordinaria. La Ley 27/2011 es tajante: toda jubilación anticipada, voluntaria o involuntaria, conlleva una penalización. El legislador entiende que, al percibir la pensión durante más tiempo, hay que equilibrar el coste para las arcas públicas. De ahí que ni los despidos colectivos (ERE), ni las causas económicas de la empresa eliminen la aplicación de los coeficientes. Solo las jubilaciones demoradas —aquellas que se retrasan más allá de la edad legal— obtienen bonificaciones; las anticipadas no disfrutan de ningún “premio” extra, por muy dilatada que sea la vida laboral del afectado.
Coeficientes reductores de 2025 y cómo afectan según los meses adelantados
¿Hasta dónde llega el tijeretazo? Depende de los años cotizados y de cuánto se adelante la salida. La horquilla va del 0,5 % al 30 %. Para ver de un vistazo el impacto máximo (48 meses de adelanto) en 2025:
Años cotizados | Reducción si se adelanta 4 años |
---|---|
Menos de 38 a 6 m | 30 % |
38 a 6 m – 41 a 6 m | 28 % |
41 a 6 m – 44 a 6 m | 26 % |
Más de 44 a 6 m | 24 % |
(Ojo con los plazos: cada mes adicional o de menos modifica la rebaja, como recoge la tabla oficial detallada por la Seguridad Social).
Excepciones que permiten cobrar el cien por cien pese al anticipo
La norma contempla contadas salvedades. Solo se libra del recorte quien se jubile antes de tiempo debido a:
- Discapacidad reconocida en grado igual o superior al 45 % (según supuestos tasados).
- Profesiones de riesgo, especialmente penosas, peligrosas o tóxicas: bomberos, mineros, policías locales, entre otros, reguladas en decretos sectoriales.
Fuera de estos colectivos, ningún excedente de años cotizados neutraliza la penalización.
Consejos para decidir si adelantar o demorar la jubilación ordinaria
Antes de dar el paso, conviene hacerse varias preguntas: ¿Compensa asumir el recorte o puedo resistir unos meses más en el mercado laboral?; ¿Tengo otras rentas que equilibren la merma? Además, ten en cuenta estas consideraciones:
- Calcula tu pensión con el simulador de la Seguridad Social para conocer la cuantía exacta con y sin anticipo.
- Compara con la jubilación demorada: cada año trabajado de más añade hasta un 4 % adicional a la paga.
- Revisa convenios colectivos: algunos incluyen cláusulas de mejora —sobre todo en grandes empresas— que amortiguan el impacto económico.
- Organiza la documentación: certificado de empresa, vida laboral y justificante del cese involuntario son imprescindibles para tramitar la prestación.
Por último, recuerda que la decisión es personal y voluntaria. La Administración solo abre la puerta: cruzarla o no depende de ti. Y es que, la jubilación anticipada involuntaria, alivia la incertidumbre de quien pierde su empleo en la recta final de su carrera, pero el peaje puede rondar un tercio de la pensión. Antes de adelantar el reloj, sopesa tus ahorros, infórmate y, si es posible, busca asesoramiento profesional.