Nuevo criterio del SEPE: restará días de paro si tu baja médica fue ocasionada por estos motivos

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha actualizado su criterio: desde ahora, los días que permanezcas de baja médica por enfermedad común o accidente no laboral se descontarán del tiempo total de paro al que tengas derecho. La decisión afecta a miles de desempleados que enlazan despido e incapacidad temporal y pone el foco en el origen de la baja.

Cómo afecta el nuevo criterio del SEPE a las personas que cobran la prestación por desempleo tras una baja médica

Hasta este cambio, el reloj del paro “se paraba” mientras duraba la incapacidad temporal. Desde la entrada en vigor del nuevo criterio, el contador sigue corriendo: cada jornada de baja por contingencia común cuenta como un día menos de prestación. ¿Significa esto que perderás meses de ayuda? Exactamente, sí, salvo que la baja tenga origen profesional.

Diferencia entre contingencia común y contingencia profesional y su impacto en el paro, explicado de un vistazo

Antes de entrar en trámites, conviene identificar el tipo de baja. Observa la siguiente comparativa:

Tipo de baja¿Quién abona durante la baja?¿Descuenta días de paro?
Enfermedad común o accidente no laboralINSS o mutua colaboradoraSí, se resta
Enfermedad profesional o accidente de trabajoINSS o mutua colaboradoraNo, se mantiene

Como ves, el origen marca la diferencia. Por tanto, revisa tus partes médicos y la resolución del SEPE para confirmar que la contingencia está bien encuadrada. Un error aquí puede costarte varios meses de ayuda. Además, es conveniente que sigas estos pasos si te despiden mientras sigues de baja médica y todavía no has pedido el paro:

  1. Mantente en situación de incapacidad temporal hasta recibir el alta. Durante ese tiempo seguirás cobrando del INSS o de la mutua.
  2. Conserva toda la documentación: cartas de despido, partes de baja y comunicaciones médicas.
  3. Solicita el paro o subsidio en los 15 días hábiles posteriores al alta. El SEPE restará automáticamente los días de incapacidad temporal si fueron por contingencia común.
  4. Comprueba la resolución: debe indicar el periodo total reconocido y los días ya consumidos.

Por cierto, no dejes pasar ese plazo de dos semanas: fuera de él, la base reguladora podría ajustarse a la baja.

Documentación necesaria y plazos para pedir la prestación o el subsidio en el SEPE sin cometer errores

Para tramitar la ayuda, ya sea la prestación contributiva o un subsidio, necesitarás:

  • DNI o NIE en vigor.
  • Certificado de empresa (o varios, si cambia­ste de empleador).
  • Partes médicos de alta y baja.
  • Informe de vida laboral actualizado.
  • Formulario oficial de solicitud, disponible en la sede electrónica del SEPE.

El trámite puede realizarse online (con certificado digital o Cl@ve) o presencialmente, pidiendo cita previa. En ambos casos, respeta el plazo de 15 días hábiles desde el alta médica; de ahí que tener la carpeta de documentos lista sea media victoria.

Consejos prácticos para evitar que el nuevo descuento del SEPE reduzca tu prestación más de lo necesario

Porque un simple descuido puede suponer la pérdida de meses de paro. Anota estas recomendaciones finales:

  • Verifica la contingencia: si crees que tu accidente es laboral, aporta pruebas (parte de accidente, informe de riesgos).
  • Revisa el cálculo: el SEPE detalla cuántos días descuenta; reclama si detectas errores.
  • Actualiza tus datos sanitarios y laborales: incongruencias entre INSS y SEPE retrasan pagos.
  • Guarda copias de todo —sí, incluso de los justificantes telemáticos—.
  • Consulta con un asesor si tu caso es complejo; a veces, un recurso bien presentado salva la prestación.

En conclusión, el nuevo criterio del SEPE enfatiza la importancia de distinguir bien el origen de la baja médica. ¿Tienes dudas sobre tu contingencia o los días descontados? Mejor resolverlas cuanto antes: tu bolsillo lo agradecerá.

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