Te contamos quién puede pedir esta ayuda del SEPE, los plazos, la documentación necesaria y cómo se calcula la cuantía según el IPREM.
El subsidio por cotizaciones insuficientes protege carreras laborales cortas o intermitentes. ¿Has trabajado menos de un año y te falta cotización para el paro contributivo? Aquí tienes la guía práctica para no perderte en el trámite. Te explicamos cómo puedes solicitarlo al Servicio Público de Empleo Estatal.
Quién puede pedir el subsidio por cotización insuficiente del SEPE y por qué puede interesarte
Podrán beneficiarse quienes estén en situación legal de desempleo y hayan cotizado al menos 90 días, sin llegar a los 360 exigidos para la prestación contributiva. También se tienen en cuenta varias situaciones legales de desempleo dentro de los seis meses previos si esas cotizaciones no se usaron para otra ayuda previa.
Si mantienes uno o varios contratos a tiempo parcial, podrás acceder siempre que la suma de jornadas sea inferior a una jornada completa y cumplas el resto de requisitos. Además, no se considerará derecho anterior el reconocido por suspensión del contrato por violencia de género.
Fechas de entrada en vigor, plazos para solicitar y cómo presentar la solicitud correctamente
Este subsidio exige estar en situación legal de desempleo a partir del 1 de noviembre de 2024. El alta inicial debe pedirse dentro de los seis meses desde el hecho causante. Si lo haces en los 15 días hábiles siguientes, el derecho nace al día siguiente; si lo pides después, pero dentro de esos seis meses, nacerá el día de la solicitud.
La tramitación puede realizarse por cuatro vías: sede electrónica del SEPE, oficina de prestaciones con cita, cualquier registro público o por correo administrativo. El derecho se reconoce por periodos trimestrales y debes solicitar la prórroga en los 15 días hábiles posteriores a cada trimestre. ¿Trabajaste tras el hecho causante? El último cese debe ser involuntario (o con situación legal de desempleo si fue por cuenta ajena).
Requisitos, documentación necesaria y canales para tramitar el subsidio del SEPE sin contratiempos
Antes de iniciar, conviene repasar los puntos clave. Ojo: si cumples requisitos para el subsidio para mayores de 52 años, se percibe ese. Requisitos esenciales del subsidio por cotización insuficiente del SEPE:
- Estar en desempleo total o trabajando a tiempo parcial con jornada global inferior a la completa.
- Haber trabajado al menos 90 días y no tener derecho a la prestación contributiva.
- Hallarte en situación legal de desempleo desde el 1 de noviembre de 2024.
- Suscribir el acuerdo de actividad y no incurrir en incompatibilidades.
- Carecer de rentas propias o, alternativamente, acreditar responsabilidades familiares.
- Presentar el alta dentro de los seis meses desde el hecho causante.
- Estar inscrito como demandante de empleo en el momento de la resolución.
- Si trabajaste después, el cese en el último empleo debe ser involuntario o con situación legal de desempleo.
Para acreditarlo, aporta el modelo oficial de solicitud con la declaración responsable de rentas; DNI o pasaporte (o NIE/TIE según el caso); cuenta bancaria donde seas titular; Libro de Familia o documento equivalente; y la declaración del IRPF del último ejercicio. Si actúa un representante, deberá acreditarlo.
Duración y cuantía del subsidio del SEPE según días cotizados, IPREM y prórrogas trimestrales
La duración depende de la cotización acreditada y de si hay responsabilidades familiares. Además, si entras sin responsabilidades con seis o más meses cotizados, podrás ampliar hasta 21 meses si las acreditas dentro de los 12 meses siguientes a la situación legal de desempleo; la ampliación rige desde la solicitud, incluso si el primer derecho ya estuviera agotado.
| Cotización acreditada | ¿Responsabilidades familiares? | Duración máxima del subsidio |
|---|---|---|
| 90 días | No | 3 meses |
| 120 días | No | 4 meses |
| 150 días | No | 5 meses |
| 180 días | No | 6 meses |
| 180 días o más | Sí | Hasta 21 meses |
La cuantía se calcula sobre el IPREM mensual vigente: 95% los primeros 180 días; 90% del día 181 al 360; 80% a partir del día 361. El pago es mensual (30 días) entre el día 10 y 15 del mes siguiente, mediante abono en la cuenta indicada. Ten en cuenta que las cotizaciones usadas para este subsidio no computarán para futuras prestaciones y, en trabajos a tiempo parcial, se cuenta el periodo en alta con independencia de la jornada efectiva (se excluye la inactividad de fijos discontinuos).
En resumen, si cumples con los requisitos y respetas los plazos, tendrás una cobertura clara y con reglas predecibles. ¿Todo listo para iniciar el trámite? Mejor no dejarlo para última hora. Consulta más información sobre prestaciones en nuestra plataforma web.