No pierdas la prestación ni el trabajo: el consejo de un abogado si el INSS te da el alta sin estar recuperado

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El abogado laboralista Víctor Arpa detalla los pasos clave para impugnar el alta del INSS, los plazos y los riesgos: dejar de cobrar la incapacidad temporal y posible despido si no te incorporas al trabajo.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) puede dar el alta médica aun cuando el trabajador no se sienta recuperado. En ese momento, la decisión tiene efectos inmediatos: se deja de cobrar la prestación por incapacidad temporal y existe obligación de volver al puesto el siguiente día hábil. ¿Qué hacer para proteger el empleo y la prestación?

Qué hacer si el INSS te da el alta médica sin estar recuperado y cómo evitar sanciones laborales

Según el abogado laboralista Víctor Arpa, la reacción debe ser rápida y ordenada. Al recibir el alta, si no te reincorporas al día siguiente hábil, la empresa puede considerarlo una ausencia injustificada con riesgo incluso de despido. De ahí la importancia de actuar con método y dentro de plazo. Y, sí: «Puedes perder el trabajo».

Antes de nada, conviene pedir a tu médico de cabecera o especialista los informes que acrediten tu estado de salud. Ese soporte clínico será determinante en el trámite que corresponda. No te líes: el procedimiento cambia según el tiempo que llevabas de baja. Pasos inmediatos recomendados por el abogado, de forma práctica

  • Reincorporarte al trabajo el siguiente día hábil para evitar sanciones.
  • Solicitar a tu médico todos los informes actualizados que describan tu situación.
  • Iniciar el trámite que proceda según tu tiempo de baja (disconformidad o reclamación previa).
  • Contactar cuanto antes con un abogado laboralista para guiar el proceso.

Actuar así permite mantener orden y tiempos. Pero, atento, porque un retraso o una gestión incompleta puede complicarlo todo.

Plazos y requisitos para impugnar el alta de la Seguridad Social según el tiempo de baja médica

Si el alta llega antes de cumplir un año de baja, dispones de cuatro días naturales para presentar un Procedimiento de disconformidad ante el propio INSS. En cambio, si ya llevabas más de un año, el trámite es distinto: cuentas con once días naturales para interponer una reclamación previa. ¿Qué ocurre si te la deniegan? El siguiente paso es acudir al Juzgado de lo Social, donde un juez decidirá si el alta fue correcta. A continuación, una tabla orientativa para no perderse con los plazos y el trámite que corresponde en cada caso:

Situación de la bajaPlazo disponibleTrámite que corresponde
Menos de 12 meses de baja4 días naturalesProcedimiento de disconformidad ante el INSS
Más de 12 meses de baja11 días naturalesReclamación previa; si la rechazan, acudir al Juzgado de lo Social

Conocer este esquema ayuda a presentar la documentación a tiempo. Por tanto, organiza los informes médicos y registra la solicitud dentro del plazo que te corresponda.

Qué documentación y organismos intervienen en el procedimiento del alta médica del INSS

En la práctica, intervienen tu médico de cabecera o especialista, que aportan informes clínicos; el INSS, que resuelve la disconformidad o valora la reclamación previa; y, en su caso, el Juzgado de lo Social, que decidirá si mantiene o revoca el alta médica. Mientras tanto, el consejo es claro: no quedarse de brazos cruzados.

Arpa insiste en moverse con agilidad: recopilar informes, presentar el trámite correcto y contar con asesoramiento profesional. Lo resume con una advertencia tajante: «Una mala gestión o un simple retraso puede hacerte perder la prestación e incluso tu empleo». En consecuencia, conviene actuar desde el primer día y con una estrategia definida. Conoce más noticias relacionadas con prestaciones en nuestra plataforma web.

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