Si actualmente eres una persona beneficiaria de un subsidio para personas trabajadoras mayores de 52 años, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), ha advertido en su página web que es muy importante que presentes una información fundamental para este organismo. En el caso de que no lo hagas, el SEPE procederá de forma inmediata a retirar esa prestación. Te contamos todo lo que debes saber para que no te suceda:
El SEPE advierte a las personas mayores de 52 años que cobran un subsidio por desempleo
Si estás cobrando el subsidio de desempleo para personas trabajadoras mayores de 52 años, cada vez que transcurran 12 meses desde la fecha de la emisión de esta ayuda, o desde la fecha de efectos de la última reanudación del mismo, has de acreditar ante el SEPE una declaración anual de tus rentas. Esta, deberá estar acompañada de la documentación que acredite las mismas.
El plazo de presentación son 15 días hábiles siguientes al día en que se cumpla el plazo de los 12 meses mencionados. Si no presentas estos documentos dentro de este plazo, el SEPE advierte que procederá a suspenderte este subsidio por desempleo.
¿Por qué otras razones podría suspenderte el SEPE este subsidio?
El SEPE señala que, tanto si detecta en esta declaración anual como si tú le comunicas que, en los 12 meses anteriores, durante algún periodo, dejaste de cumplir el requisito de carencia de rentas, se suspenderá tu subsidio desde la fecha en la que dejaste de cumplirlo. Este se reanudará en la fecha en la que vuelvas a cumplir dicho requisito.
En este caso, si tienes derecho a continuar percibiendo el subsidio por desempleo, se te ajustarán las cantidades que has cobrado indebidamente con las que tengas pendientes de percibir. Si ya no tienes derecho a seguir percibiendo el subsidio, se te reclamarán las cantidades que has cobrado indebidamente. En esta situación, además, se podrá iniciar un procedimiento sancionador.
¿Cuáles son los requisitos que fija el SEPE para obtener este subsidio por desempleo?
Este subsidio está destinado a las personas mayores de 52 años que ya han agotado todas las prestaciones por desempleo. Además de demostrar que se carece de rentas propias durante la solicitud, las condiciones para ser beneficiario de este, son las siguientes:
- Tener 52 años o más.
- Acreditar una situación legal de desempleo.
- Estar inscrito como demandante de empleo, y haber suscrito el acuerdo de actividad.
- Haber agotado cualquier prestación contributiva por desempleo.
- Haber cotizado en España por la contingencia de desempleo durante, al menos, seis años.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
Actualmente, esta ayuda económica del SEPE equivale al 80% del IPREM vigente y sus beneficiarios reciben 480 euros al mes. Pueden continuar cobrándolo hasta alcanzar la edad de jubilación ordinaria. A partir de ahí, podrán acceder a la pensión contributiva
Ya sabes: una vez que hayan transcurrido 12 meses desde que te fue concedido el subsidio por desempleo para mayores de 52 años, no olvides presentar ante el SEPE una declaración anual de tus rentas. De lo contrario, se te retirarán estas subvenciones. Para seguir conociendo noticias sobre distintas ayudas, visita la sección de prestaciones.