Los nacidos antes de 1973 pueden acceder a esta ayuda del SEPE hasta su jubilación

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Ayuda estatal para quienes han agotado la prestación contributiva y cumplen las condiciones de jubilación. Cuantía fija, cotización a la Seguridad Social y trámites claros para no perder el derecho.

En vigor desde el 13 de marzo de 2019, el subsidio para mayores de 52 años ampara a personas desempleadas que han agotado el paro y acreditan todos los requisitos de una pensión contributiva, salvo la edad. Lo gestiona el SEPE Desde el 1 de noviembre de 2024, el plazo general para solicitarlo es de tres meses desde el agotamiento. La cuantía es de 480 euros mensuales (80% del IPREM) y cotiza a jubilación con una base del 125% del tope mínimo. ¿Encajas en este perfil?

Quién puede pedir el subsidio para mayores de 52 años del SEPE y por qué

Hay que estar en desempleo, carecer de rentas propias superiores al 75% del SMI (888 €/mes en 2025) y mantener la inscripción como demandante durante un mes, sin rechazar ofertas ni formación y cumpliendo el compromiso de actividad. Además, se exige acreditar 15 años cotizados, dos dentro de los últimos quince, y seis años de cotización por desempleo. Aunque entre los requisitos se recoge no tener la condición de persona fija discontinua, desde el 2 de marzo de 2022 este colectivo también puede acceder si cumple el resto de condiciones. Resumimos los supuestos que permiten el acceso al subsidio de mayores de 52 años:

  • Haber agotado la prestación contributiva o un subsidio por desempleo.
  • Ser emigrante retornado que trabajó al menos 12 meses en los últimos seis años en países no UE/EEE y sin derecho a prestación contributiva.
  • Ser liberado de prisión sin derecho a prestación contributiva cuando la privación de libertad haya sido superior a seis meses.
  • Haber sido declarado plenamente capaz o con incapacidad permanente parcial tras revisión de gran invalidez, absoluta o total para la profesión habitual.
  • Estar en situación legal de desempleo sin derecho a contributiva, habiendo cotizado entre 90 y 359 días.

También computan cotizaciones realizadas en el Espacio Económico Europeo (EEE) o en países con convenio de totalización para desempleo. Por lo tanto, guarda bien tus certificados de vida laboral.

Fechas de inicio, plazos de solicitud y entrada en vigor que debes conocer

Se mantiene el “mes de espera”: tras agotarse la prestación contributiva hay que permanecer inscrito un mes. En el régimen anterior, la solicitud se presentaba en los 15 días siguientes a ese mes; desde el 1 de noviembre de 2024, el plazo general pasa a tres meses desde el agotamiento. ¿Vas a cumplir 52 años mientras cobras otro subsidio? Podrás pedir esta ayuda desde el día en que alcances esa edad. Si agotaste la contributiva antes de cumplir 52, pero reúnes el resto de requisitos y te mantuviste inscrito ininterrumpidamente, podrás solicitarla al cumplirlos.

Procedimiento para solicitarlo paso a paso presencial y online con requisitos

Puede pedirse en todo el territorio estatal. Presencialmente, en oficinas de Empleo; en registros de cualquier órgano de la Administración General del Estado, de las comunidades autónomas o de entidades locales con convenio; y en oficinas de Correos conforme a la normativa. También de forma online en la sede electrónica del SEPE.

Documentación: solicitud cumplimentada; identificación (DNI o pasaporte; ciudadanos de la UE con certificado de registro y pasaporte; no UE con TIE y pasaporte); un documento bancario con el número de cuenta donde ingresar la prestación; y, solo si el SEPE lo requiere, justificante de rentas. Además, recuerda mantener la inscripción como demandante durante toda la percepción. ¿Prefieres hacerlo desde casa o acercarte a tu oficina?

Cuantía mensual, cotizaciones a jubilación y condiciones para trabajadores fijos discontinuos

La ayuda es de 480 €/mes (80% del IPREM 2025). Durante su percepción, el SEPE o el Instituto Social de la Marina ingresan las cotizaciones por jubilación con base del 125% del tope mínimo. Para fijos discontinuos: si son menores de 52 años y acreditan 180 o más días cotizados, el SEPE cotiza durante 60 días con base en el tope mínimo; si son mayores de 52, la cotización se realiza durante toda la percepción con base del 125% del tope mínimo. Esto quiere decir que no solo recibes la prestación: también sigues sumando para tu jubilación.

Aspecto claveDato principal
Cuantía mensual del subsidio480 €/mes (80% del IPREM 2025)
Límite de rentas personales888 €/mes (75% del SMI 2025)
Base de cotización por jubilación125% del tope mínimo vigente
Fecha de creación del subsidio13-03-2019
Plazo general para solicitar3 meses desde 01-11-2024

En consecuencia, si cumples requisitos y plazos, no te líes: reúne la documentación, verifica tu demanda de empleo y tramítalo cuanto antes en el SEPE. Para conocer más asuntos relacionados con este tema te recomendamos visitar la sección dedicada a prestaciones de nuestro diario digital.

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