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Portada » Prestaciones » Los beneficiarios de los subsidios del SEPE deberán presentar la Renta

Los beneficiarios de los subsidios del SEPE deberán presentar la Renta

Andaluciainforma Por Andaluciainforma
17 de octubre de 2024 a las 11:30
en Prestaciones
Tiempo de lectura: 3 minutos
Los beneficiarios de los subsidios del SEPE deberán presentar la Renta

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Los beneficiarios de una subvención o prestación del SEPE estarán obligados a presentar la declaración de la renta en la próxima campaña de IRPF. Esta nueva normativa viene determinada por la modificación del artículo 299 de la LGSS (Ley General de la Seguridad Social). Y es que, cobrar una ayuda por desempleo conlleva cumplir una serie de obligaciones, para poder beneficiarse y seguir manteniendo el derecho a percibirla. 

A estas imposiciones de obligatorio cumplimiento para no dejar de cobrar el subsidio o prestación, se suma ahora la obligación fiscal. Además, sin importar el nivel de ingresos anuales de la persona que percibe cualquiera de las ayudas para los ciudadanos/as que están en paro y que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal.

Si has cobrado el paro tendrás que presentar el IRPF

En la última declaración de la renta, los contribuyentes que no superasen los 22.000 euros al año no estaban obligados a presentar el IRPF. Dicho umbral se rebajaba a los 15.000 anuales en el caso de cantidades percibidas por varios pagadores. Sin embargo, a partir de ahora, esos límites no valen para los beneficiarios de cualquier ayuda por desempleo, que estarán obligados a rendir cuentas a Hacienda en la próxima campaña fiscal.

Además, no importa la cantidad de días durante los cuales se haya percibido el subsidio o prestación del SEPE. En cualquier caso, existe la obligación de presentar la renta, aunque solo se haya cobrado un día. Sin embargo, eso no significa que tengan que tributar por ello, es decir, lo más probable es el resultado les salga negativo, pero eso no es excusa para realizar el trámite en la Agencia Tributaria, que hay que llevarlo a cabo de cualquier modo.

Por otra parte, no hay que olvidar que, esta circunstancia, ya viene afectando a los perceptores del Ingreso Mínimo Vital o a los autónomos. Recordemos al respecto que, por ejemplo, los trabajadores por cuenta propia tienen que presentar el IRPF, aunque hayan estado de alta un solo día del ejercicio fiscal y sean cuales sean sus ingresos anuales.

Otras obligaciones de las personas que perciben los subsidios del SEPE

Además de esta nueva obligatoriedad de presentar la declaración de la renta, los perceptores de los subsidios por desempleo tienen que respetar una serie de obligaciones para no perder el derecho a percibir la ayuda económica que garantiza su subsistencia, mientras encuentran una ocupación laboral que logre reinsertarlos en el mundo laboral. Estos son los compromisos más significativos que adquieren las personas beneficiaras de las ayudas del SEPE:

  • Estar inscrito como demandante de empleo en el SAE (en el caso de Andalucía) o en los servicios de empleo que correspondan en la comunidad autónoma en la que resida.
  • Firmar un compromiso de actividad.
  • Facilitar la documentación que se determine de forma reglamentaria a efectos de reconocimiento, suspensión, extinción o reanudación del derecho a las ayudas por desempleo.
  • Hay que comunicar el cambio de domicilio, si se produjera.
  • No rechazar una oferta de empleo adecuada al perfil del demandante.
  • Participar en acciones formativas que fomenten la empleabilidad.

Por último, si deseas conocer las últimas novedades sobre otras ayudas y prestaciones, te aconsejamos que visites nuestro periódico digital especializado en noticias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Etiqueta RentaSEPE

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