La Seguridad Social permite sumar días “ficticios” por parto o cuidado de hijos. El beneficio se dirige, sobre todo, a quienes interrumpieron su carrera laboral y quieren aumentar la cuantía de su jubilación.
La última reforma de la Seguridad Social reconoce hasta 1.825 días, cinco años completos, de cotización adicional a las mujeres que dieron a luz o adoptaron y, además, dejaron de trabajar para cuidar a sus hijos. El objetivo es claro: compensar los vacíos de cotización y garantizarles una pensión de jubilación más alta.
Quiénes pueden beneficiarse de las cotizaciones ficticias y por qué mejoran la pensión de jubilación
El incentivo está pensado para madres trabajadoras que, tras el parto o la adopción, se ausentaron del mercado laboral y no cotizaron durante un tiempo. ¿Te encuentras en esa situación? Entonces puedes reconocer estos periodos y mejorar tu base reguladora, lo que se traducirá en una prestación final más elevada. Además, los días computados cuentan también para la incapacidad permanente y otras pensiones contributivas.
Cuántos días adicionales se reconocen por parto y por cuidado de cada hijo, y cuál es el límite máximo conjunto
Primero se suman 112 días por cada parto en el que no se cotizó durante las 16 semanas posteriores. Cuando el alumbramiento es múltiple, se añaden 14 días extra por cada bebé a partir del segundo. Segundo, se pueden obtener 270 días por hijo si hubo una interrupción laboral entre los 9 meses y los 6 años siguientes al nacimiento o adopción. Ambos conceptos son compatibles, pero nunca podrán superar los cinco años en total.
Tipo de cotización reconocida | Días por hijo | Tope acumulable |
---|---|---|
Parto sin cotizar (16 semanas) | 112 días | |
Cuidado entre 9 meses y 6 años | 270 días | |
Máximo conjunto permitido | 1.825 días |
Como ves, la suma puede elevar notablemente tu historial laboral y, con ello, la cuantía final a percibir.
Requisitos y pasos para solicitar el reconocimiento paso a paso tanto online como de forma presencial
Antes de lanzarte a rellenar formularios, conviene revisar las condiciones. Solo uno de los progenitores puede pedir la medida y, salvo renuncia expresa, la prioridad es de la madre. Además, los hijos deben constar en el Registro Civil y no puede haberse cotizado durante el periodo que se desea reconocer.
A continuación, los trámites se pueden completar de dos maneras. Si eliges la Sede Electrónica, necesitarás DNIe, certificado digital o Cl@ve permanente; basta con adjuntar la documentación que demuestre las lagunas de cotización y la filiación de los menores. Si prefieres la vía presencial, solicita cita previa en la Tesorería General, presenta el impreso oficial y las pruebas correspondientes. ¡Proceso sencillo y sin coste!
Por cierto, ¿temes perderte entre papeles? Tranquila, en la propia web de la Seguridad Social encontrarás simuladores que calculan cuántos días te corresponden y cómo afectarán a tu prestación de jubilación.
Lista única de requisitos fundamentales que debes comprobar antes de iniciar el trámite
- Inscripción del hijo o hija en el Registro Civil.
- Ausencia de cotización durante las 16 semanas tras el parto o durante el periodo de cuidado.
- Interrupción laboral producida entre los 9 meses anteriores y los 6 años posteriores al nacimiento o adopción.
- Solicitud presentada por un solo progenitor (prioridad materna salvo renuncia).
- Aportar la documentación acreditativa en formato digital o en papel, según el canal elegido.
Con todo en orden, obtendrás la resolución que incorporará automáticamente los días reconocidos a tu vida laboral.
Impacto de estas cotizaciones en la base reguladora y en la posibilidad de jubilarse antes de la edad legal vigente
Aunque no sirven para alcanzar el mínimo de 15 años exigido para acceder a la pensión de jubilación, estos días sí influyen en el cálculo de la base reguladora. De ahí que aumenten la cuantía mensual y, en algunos casos, permitan adelantar la jubilación si se suman a otros coeficientes reductores. En consecuencia, se trata de un gesto que premia la maternidad y corrige la brecha de género en las pensiones. ¿Quién dijo que cuidar de los hijos no cuenta? Síguenos a diario para conocer más noticias sobre prestaciones y ayudas.