La jubilación demorada permite mejorar la pensión futura con un incremento del 4% por cada año completo trabajado después de la edad ordinaria.
La Seguridad Social ha reforzado los incentivos para los trabajadores que deciden aplazar su jubilación, y es que hasta un 70% decide retrasar su jubilación. En lugar de retirarse en cuanto alcanzan la edad ordinaria, pueden continuar en activo y obtener una mejora económica que se suma a la pensión reconocida. No es un detalle menor. La medida afecta a quienes pueden seguir en activo y buscan aumentar sus ingresos al retirarse.
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Así mejora la pensión si el trabajador retrasa su jubilación uno o dos años
El incentivo principal consiste en añadir un 4% a la pensión por cada año completo trabajado después de la edad ordinaria. Ese aumento no se cobra una sola vez, sino que pasa a formar parte de la prestación de manera permanente.
Para entenderlo mejor, conviene mirar algunos ejemplos. ¿Merece la pena esperar un poco más antes de jubilarse? En muchos casos, la respuesta puede ser sí.
| Pensión inicial | Demora | Pensión aproximada | Mejora anual |
|---|---|---|---|
| 1.500 euros al mes | 1 año | 1.560 euros al mes | 840 euros |
| 1.500 euros al mes | 2 años | 1.620 euros al mes | 1.680 euros |
| 3.175 euros al mes | 1 año | 3.302 euros al mes | 1.780 euros |
| 3.175 euros al mes | 2 años | 3.429 euros al mes | 3.500 euros |
En el caso de una pensión de 1.500 euros mensuales, retrasar la jubilación un año puede traducirse en 60 euros más al mes. Si la demora llega a dos años, el incremento ronda el 8% y la cuantía mensual puede situarse en unos 1.620 euros.
Con las pensiones más altas, el efecto es todavía más visible. Quien parte de una pensión cercana a 3.175 euros mensuales puede ganar unos 127 euros más al mes tras un año adicional de trabajo. Si prolonga la vida laboral dos años, el aumento anual puede acercarse a los 3.500 euros.
Estas son las opciones y requisitos para cobrar el incentivo por jubilación demorada
La Seguridad Social no obliga a elegir una única fórmula. De hecho, el sistema ofrece varias alternativas para adaptarse a la situación de cada trabajador.
Estas son las principales modalidades disponibles:
- Complemento mensual vitalicio: suma un 4% por cada año completo trabajado tras la edad ordinaria.
- Pago único al jubilarse: permite cobrar una cantidad a tanto alzado según la carrera laboral y las bases de cotización.
- Opción mixta: combina una parte en pago inicial y otra en complemento mensual reducido.
Elegir una u otra dependerá de las prioridades de cada persona. Quien prefiera una renta estable a largo plazo suele inclinarse por el complemento mensual. En cambio, quien busque liquidez inmediata puede ver con mejores ojos el pago único. Así de claro.
Para acceder a estos incentivos, es necesario haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación, tener derecho a una pensión contributiva y seguir en situación de alta laboral. Además, la decisión debe comunicarse expresamente a través de los canales oficiales de la Administración.
El trámite puede realizarse en la sede electrónica de la Seguridad Social o mediante los canales de atención del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Por lo tanto, antes de tomar la decisión conviene revisar bien qué modalidad encaja mejor con cada caso.
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