El Ministerio de Inclusión propone reformar la jubilación flexible para hacerla más atractiva: sube el porcentaje de jornada exigida, pero también el dinero a cobrar.
La jubilación flexible apenas ha sido utilizada en España. Ahora, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones quiere darle un impulso con una reforma que busca premiar a quienes, estando jubilados, decidan seguir trabajando. La clave está en trabajar más… y recibir más dinero a cambio.
Cambios en la jubilación flexible: así quiere la Seguridad Social que se alargue la vida laboral
La propuesta plantea un aumento del porcentaje mínimo de jornada laboral que debe realizar el jubilado. Hasta ahora, podía oscilar entre el 25% y el 75% de la jornada, pero con la reforma se pasaría a un rango de entre el 40% y el 80%. Es decir, más horas de trabajo, pero también más pensión.
A cambio, se establece un incentivo económico adicional. Quien opte por esta fórmula mixta podrá cobrar, además del porcentaje proporcional de su pensión, un extra del 10% o del 20%, según el tiempo trabajado:
- Jornada entre el 40% y el 60%: Se sumará un 10% extra de la pensión.
- Jornada entre el 60% y el 80%: El jubilado recibirá un 20% extra.
Por ejemplo, si una persona decide acogerse a la jubilación flexible y trabaja un 50% de jornada, podrá cobrar el 50% de su pensión más un 10% adicional. Si en lugar de eso opta por trabajar un 70%, el extra subirá al 20%.
Eso sí, hay una limitación: con la nueva propuesta desaparece la posibilidad de mejorar la base reguladora de la pensión a través de este régimen, un punto que puede restar atractivo para algunos trabajadores.
¿Quién puede acogerse a esta modalidad de jubilación flexible y qué se necesita?
La jubilación flexible está pensada para quienes ya han accedido a la jubilación ordinaria, pero desean seguir trabajando parcialmente. No se trata de una jubilación anticipada, sino de una opción posterior que permite compatibilizar pensión y empleo. Para solicitarla, es necesario:
- Tener reconocida una pensión contributiva de jubilación.
- Acordar con la empresa una reducción de jornada dentro de los límites establecidos.
- Comunicar a la Seguridad Social la nueva situación laboral.
Una vez concluya la etapa de trabajo parcial, se recalcula la pensión teniendo en cuenta las nuevas cotizaciones. Aunque, como se ha mencionado, con la nueva normativa no se aplicará una mejora sobre la base reguladora.
¿Qué ocurre con los autónomos en esta nueva jubilación flexible?
El Ministerio también ha incluido una novedad importante para los trabajadores autónomos. Hasta ahora, esta modalidad era prácticamente exclusiva de los asalariados. Sin embargo, la reforma abre la puerta a los profesionales por cuenta propia, siempre que estén dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Pero hay una diferencia clave: los autónomos no tienen las horquillas de jornada que sí se aplican a los asalariados. En su caso, la única opción que contempla la propuesta es cobrar el 20% de su pensión, sin importar el volumen de actividad compatible que desarrollen. Un modelo que, de momento, no parece especialmente atractivo para el colectivo.
Más jornada laboral, pero también mayor recompensa económica
A través de esta propuesta, el Gobierno pretende incentivar que más personas opten por prolongar su vida laboral. Aunque se pide trabajar más, también se garantiza una mayor compensación económica.
Para los asalariados, la posibilidad de aumentar sus ingresos y mantener cierta vinculación laboral puede ser interesante. En cambio, para los autónomos, el modelo sigue siendo bastante limitado. ¿Será suficiente esta reforma para que la jubilación flexible deje de ser una opción marginal?