Miles de pensionistas no va a recibir la paga extra de Navidad a final de este mes. Así lo ha confirmado la Seguridad Social en su plataforma web. Y es que, como todos los años, la mayor parte de los jubilados espera recibir en el mes de noviembre una cuantía extraordinaria que duplica sus ingresos habituales. En ese aspecto, las principales entidades bancarias ya han comunicado a sus clientes los días de pago de las pensiones. Sin embargo, un colectivo muy específico de pensionistas se quedará sin recibir ese ingreso adicional que poder sumar en su nómina.
Los bancos adelantan el pago de las pensiones a sus clientes: incluidas las pagas extra
En primer lugar, tal y como informa la propia web de la Seguridad Social: “Las pensiones de cualquiera de los regímenes que integran el sistema de la Seguridad Social se devengan por mensualidades naturales vencidas y se satisfacen en 14 pagas, una por cada uno de los meses del año y dos pagas extraordinarias que se devengan en los meses de junio y noviembre”.
Sin embargo, las principales entidades bancarias que operan en nuestro país, tienen la deferencia de adelantar todos los meses el ingreso de la nómina a sus clientes pensionistas. En ese aspecto, hay que tener en cuenta que el INSS efectúa el pago a mes vencido. En concreto, entre el día 1 y 5 del mes siguiente al mes en el que corresponde. Y eso afecta tanto a las mensualidades ordinarias como extraordinarias.
El INSS confirma qué pensionistas no van a recibir la paga extra de Navidad
El pago de la extra de Navidad es un momento muy esperado por los pensionistas, ya que, ese aporte monetario adicional, les ayuda a hacer frente a los gastos de su hogar. Cenas, regalos, viajes…, suponen un fuerte golpe a la economía familiar cuando llega el periodo navideño. Y, más aún, con el reciente repunte de la inflación que afecta los precios de todo tipo de artículos y servicios de consumo.
No obstante, a pesar de esto, miles de pensionistas no tienen derecho a recibir pagas extraordinarias por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). En concreto, los afectados son los ciudadanos que cobran una pensión que deriva de accidente de trabajo o como consecuencia de una enfermedad profesional. ¿Por qué? Sencillamente, porque, en esos casos, las pagas extraordinarias, es decir, tanto correspondiente al mes de junio (verano), como la de noviembre (Navidad), se encuentran prorrateadas en las mensualidades ordinarias.
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