El Real Decreto Ley 11/2024, convalidado el pasado 22 de enero, impulsa novedades que afectan a la jubilación activa y la jubilación parcial. Desde el 1 de abril, varios requisitos y porcentajes cambian con la intención de prolongar la vida laboral y, a la vez, reducir la presión financiera sobre el sistema público de pensiones. ¿Te interesa saber cómo te pueden afectar estos ajustes?
Nuevos requisitos y plazos que afectan a la jubilación activa, demorada y la compatibilidad con la pensión
La jubilación activa permite compaginar un empleo con parte de la pensión, siempre que el trabajador haya superado la edad legal establecida (en 2025 serán 66 años y 8 meses) y que, hasta ahora, hubiera cotizado lo suficiente para alcanzar el 100% de su base reguladora. La novedad es que ya no será imprescindible ese tope de cotización: se podrá acceder con al menos 36 años y 6 meses de contribución.
Además, se introduce un nuevo esquema para determinar el porcentaje de la pensión que se cobra mientras se sigue trabajando. En la siguiente tabla se recogen los tramos, que contemplan desde un 45% de la prestación inicial para quienes demoren al menos un año, hasta el 100% para los que prolonguen cinco años o más:
Años de demora tras la edad legal | Porcentaje de la pensión compatible |
---|---|
1 año | 45% |
2 años | 55% |
3 años | 65% |
4 años | 80% |
5 años o más | 100% |
Por otro lado, quienes opten por la jubilación demorada podrán disfrutar de incentivos graduales con un cómputo semestral del 2%. También se contempla la posibilidad de recibir un pago único en forma de “cheque” por cada periodo de demora, con cuantías que oscilan entre 4.800 y 12.000 euros, según la base de cotización.
Mejoras y limitaciones en la jubilación parcial para quienes buscan compatibilizar trabajo y pensión
La jubilación parcial, pensada para reducir la jornada a la vez que se percibe una parte de la pensión, también experimenta cambios sustanciales. Uno de los puntos más destacados es que puede anticiparse tres años a la edad legal de retiro. Durante el primer año, se podrá reducir la jornada entre un 20% y un 33%, y a partir del segundo, entre un 25% y un 75%.
Además, se endurecen las obligaciones para la empresa: el contrato del trabajador relevista debe ser indefinido y a tiempo completo, manteniéndose al menos dos años tras finalizar la situación parcial. A continuación, se presenta una lista con los aspectos clave a tener en cuenta en esta modalidad:
- Ampliación del margen de reducción de jornada en fases.
- Eliminación de la exigencia de contrato de relevo para quienes alcanzan la edad legal.
- Condiciones más estrictas en la contratación del relevista, garantizando su estabilidad.
¿Sostendrán estos cambios el sistema de pensiones a largo plazo?
Aunque las modificaciones amplían las opciones para compatibilizar trabajo y pensión, es probable que no basten para asegurar la sostenibilidad financiera de las jubilaciones. Por tanto, conviene revisar periódicamente las condiciones publicadas por los organismos oficiales y preparar la documentación con antelación. También, puedes conocer las últimas novedades sobre pensiones, visitando la sección de prestaciones de nuestro periódico digital de Andalucía.