Los ciudadanos andaluces deben conocer que la Junta de Andalucía ofrece una ayuda extraordinaria que sirve para complementar el Ingreso Mínimo Vital de la Seguridad Social. Por tanto, se trata de una aportación económica que sirve para sumar al IMV, que facilita en nuestra región la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. En suma, está dirigida a las unidades familiares que, aunque cobran la ayuda vital del Estado, necesitan unos ingresos extra para favorecer su subsistencia. Te explicamos qué requisitos hay que cumplir y cómo se solicita.
Requisitos para solicitar el complemento al Ingreso Mínimo Vital en Andalucía
En primer lugar, hay que dejar claro que el importe de la ayuda complementaria del Ingreso Mínimo Vital no es igual para todos los solicitantes. ¿Por qué? Porque la cuantía de este complemento que gestiona la Junta de Andalucía “vendrá determinada por el resultado de la diferencia entre el importe anual del Ingreso Mínimo Vital y Ayuda para la Infancia que la persona titular tenga reconocido y el mínimo anual establecido en el artículo 15 del Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, para la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía”.
Por consiguiente, recordemos como queda para este año 2025, la cuantía mensual de la Renta Mínima de Inserción Social. Tal y como podemos ver en la siguiente tabla, estos son los importes vigentes, dependiendo de los miembros que integren la unidad de convivencia
Número de miembros | Cuantía mensual (en euros) |
---|---|
1 | 658,82 |
2 | 856,46 |
3 | 1.054,11 |
4 | 1.251,75 |
5 o más | 1.449,40 |
Requisitos para solicitar el complemento al IMV en nuestra región
Aparte de no superar los umbrales de la Renta Mínima de Inserción, los ciudadanos/as que quieran beneficiarse del complemento al Ingreso Mínimo Vital que abona la Junta de Andalucía, deben cumplir con estos requisitos adicionales:
- Estar empadronado en un municipio de Andalucía, durante al menos los 6 meses anteriores a la solicitud.
- Ninguna de las personas integrantes de la unidad familiar puede percibir otras prestaciones económicas, exceptuando el IMV y el complemento a la infancia.
- Tener una cuenta bancaria dada de alta en el “Sistema de Gestión Integral de Recursos Organizativos de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales”.
Además, es importante subrayar que una persona beneficiaria del complemento al Ingreso Mínimo Vital, debe dejar que transcurra como mínimo 1 año, para poder solicitarlo de nuevo.
Documentación y cómo se tramita el complemento al IMV en la comunidad andaluza
¿Vives en un municipio andaluz y cumples con los requisitos para beneficiarte del complemento del Ingreso Mínimo Vital? Para solicitarlo, tal y como informa la web de la Junta de Andalucía, necesitas aportar 2 documentos. Primero, un certificado de empadronamiento de todas las personas que residen en la unidad de convivencia. Además, hay que adjuntar un documento que acredite que la persona solicitante de la ayuda es el titular de la cuenta bancaria donde se pide que se efectúe el ingreso.
Por otra parte, la solicitud se puede tramitar de forma presencial o electrónica. Si optas por la primera opción, te recomendamos que pidas antes cita previa para ser atendido en las “Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Público” a o en las de correos. En cambio, si escoges la vía telemática, debes hacer la gestión a través de la Ventanilla Electrónica de la Administración.
¿Te ha sido de utilidad esta información sobre la ayuda complementaria del IMV? Te invitamos a conocer otros temas relacionados con otras prestaciones visitando nuestro periódico digital de Andalucía.