¿Te imaginas cobrar el paro y trabajar al mismo tiempo? Esto va a ser posible en 2025 con el complemento de apoyo al empleo (CAE). El nuevo año va a introducir algunos cambios en lo referente a las prestaciones y subsidios destinados a las personas que se encuentran en situación de desempleo. Aunque la reforma entró en vigor el pasado 1 de noviembre para los subsidios, a partir del 1 de abril de 2025, la novedad es que se podrán beneficiar del CAE los perceptores de las prestaciones contributivas del SEPE, lo que les va a permitir simultanear un salario con el cobro de la prestación contributiva por desempleo. Aunque para ello, hay que cumplir con una serie de requisitos, como veremos a continuación.
Desde el 1 de abril de 2025 entrará en vigor el complemento de ayuda al empleo para las prestaciones contributivas del SEPE
El complemento de apoyo al empleo va a permitir que, a partir del 1 de abril de 2025, un trabajador cobre su salario y la prestación contributiva por desempleo de manera simultánea. Eso sí, para beneficiarse de esta medida, el sueldo mensual no puede superar el límite de los 1.350 euros al mes. El Gobierno ha puesto en marcha esta medida en colaboración con los sindicatos mayoritarios, con el fin de incentivar el empleo y la reinserción laboral, sobre todo en el colectivo integrado por los parados de larga duración.
Tabla con las cuantías del CAE
Por otro lado, aparte de no superar en la nómina el umbral establecido, es decir, lo equivalente al 225 % del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), el beneficiario debe cumplir con otra serie de requisitos. En primer lugar, debe tener el derecho a cobrar la prestación del SEPE por lo menos durante 12 meses. Además, es necesario que se hayan devengado los primeros nueve meses.
Por lo tanto, este mecanismo se activará a partir del décimo mes en el que se está cobrando el desempleo, pudiéndose prologar de 30 a 180 días. Las cuantías son escalables, como podemos observar en la tabla que ha publicado la plataforma web del SEPE, con respecto al CAE y los subsidios por desempleo:
Trimestre de subsidio | Empleo a tiempo completo | Empleo a tiempo parcial >=75% de la jornada (% IPREM) | Empleo a tiempo parcial <=75% y >=50% de la jornada (% IPREM) | Empleo a tiempo parcial <=50% de la jornada (% IPREM) |
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1 | 480 € | 450 € | 420 € | 360 € |
2 | 360 € | 300 € | 270 € | 240 € |
3 | 240 € | 210 € | 180 € | 150 € |
4 | 180 € | 150 € | 120 € | 90 € |
5 y en adelante | 120 € | 90 € | 60 € | 30 € |
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