El 1 de noviembre de 2024, se ha convertido en una fecha clave que va a marcar un antes y un después para los subsidios por desempleo. A partir de ese día, entró en vigor la nueva normativa del Gobierno que afecta de lleno a todas aquellas personas en paro que necesitan ayuda económica por parte del SEPE. Un cambio que propugna una simplificación en el proceso de tramitación y gestión, para facilitar y agilizar el acceso a la misma.
Por otro lado, hay que subrayar que la reforma ha introducido nuevas cuantías en las ayudas económicas para aquellas personas que han agotado o que no tienen derecho a percibir la prestación contributiva. Además, ha ampliado las coberturas asistenciales a nuevos colectivos Sin embargo, también, su puesta en marcha implica la extinción de 4 subsidios de desempleo que nos han venido acompañando durante los últimos años.
Principales características que afectan a los subsidios con la reforma del 1 de noviembre
Tal y como comentamos al comienzo, la nueva reforma de los subsidios trata de agilizar la tramitación de las ayudas por desempleo para aquellos ciudadanos/as que las necesitan. Por ejemplo, se elimina el mes de espera, es decir, que se pueden solicitar en cuanto la persona se queda sin trabajo. Asimismo, no elimina coberturas, sino que las amplía a colectivos que antes estaban fuera, es decir, que, hasta ahora, no gozaban de protección si se quedaban sin trabajo. Nos referimos a estos:
- Menores de 45 años en paro y que no tienen hijos a su cargo u otras responsabilidades familiares.
- Trabajadores agrarios eventuales.
- Empleados transfronterizos de las ciudadanas autónomas de Ceuta y Melilla.
- Emigrantes españoles retornados sin derecho a paro.
- Personas mayores de 16 años víctimas de violencia de género.
Un cambio en las cuantías a percibir por los beneficiarios de los subsidios del SEPE
A excepción del dirigido a mayores de 52 años, que mantiene su cuantía en 480 euros (80 % IPREM) y sus características especiales (cotiza para la jubilación), el resto de subsidios por desempleo cambia radicalmente sus cuantías. Además, las mismas serán escalables de esta forma: 570 € (95% del IPREM) durante los primeros 6 meses. Posteriormente, los 6 meses siguientes, los beneficiarios pasarán a cobrar 540 € al mes (90% IPREM). Por último, el tiempo que quede restante el importe se reducirá a 480 € (80 % IPREM).
Estos 4 subsidios del Servicio Público de Empleo Estatal han dejado de existir
En suma, la reforma del SEPE ha provocado la desaparición de los denominados como subsidios parciales. Así lo establece el Real Decreto-ley 2/2024, que pone punto y final a algunas de las ayudas que han acompañado a las personas sin empleo durante los últimos tiempos. Nos referimos concretamente a estos 4: la dirigida a desempleados mayores de 45 años, la ayuda familiar, el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED) y la Renta Activa de Inserción (RAI).
¿Qué ocurre si ya te beneficias de alguno de los subsidios ahora se extinguen?
En primer lugar, puedes estar tranquilo, si ya estás cobrando algunas de esas 4 subsidios que ahora han desaparecido con la reforma del Servicio Público de Empleo Estatal. Esto se debe a que, seguirás recibiendo el ingreso de las ayudas, con la cuantía y condiciones que tenías aprobadas en el momento en el que te fue concedido. Por tanto, continuarás cobrando el subsidio hasta que se extinga tu derecho a recibirlo.
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