Emprender y ser autónomo no es sencillo. En agosto de 2024, el número de autónomos descendió en España un 0,3%. De cara al 2025 las perspectivas han mejorado ligeramente para las personas trabajadoras por cuenta ajena, aunque de acuerdo a la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), tres de cada cuatro (un 74%) ven con incertidumbre la situación actual.
Los comienzos son duros, es innegable y además hay que hacer frente a varios gastos. Son varias las personas que se preguntan si es posible cobrar el paro mientras desempeñan su actividad como autónomas. Te lo respondemos todo en este artículo.
Cómo cobrar el paro si eres autónomo
Si estás cobrando la prestación por desempleo, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), explica que, por norma general, se interrumpe el abono de la prestación, aunque depende del tiempo que dure la actividad.
Por lo tanto, sí, existe una compatibilidad: en el caso de que decidas iniciar una actividad como autónomo, podrás seguir cobrando el paro durante un máximo de 270 días (9 meses) o el tiempo que te quede pendiente de percibir. Para ello, debes solicitarlo en los 15 días siguientes al alta como autónomo. Eso sí, ten en cuenta que:
- Percibirás el 100 % de la prestación con la deducción del IRPF, pero sin cotización a la Seguridad Social.
- La compatibilidad se pierde si empiezas a trabajar por cuenta ajena (aunque sea a tiempo parcial) o si estás en situación de pluriactividad.
¿Cómo puedes ser beneficiario/a de prestación?
Para solicitar esta ayuda, deberás presentar tu solicitud a través de la web del SEPE o en una oficina de prestaciones. Para ello se te proporcionará el formulario correspondiente y tendrás que marcar la opción de «Compatibilidad con trabajo por cuenta propia».
¿Si cierras tu negocio tienes derecho al paro?
Desafortunadamente, no todos los negocios sobreviven y varios autónomos se ven obligados a cesar su actividad. ¿Tienen derecho a cobrar el paro si ha clausurado su negocio? La respuesta es sí: la ley en España contempla a los trabajadores por cuenta propia que se han visto en esa tesitura y entregan una prestación por cese de actividad.
Esta es similar al paro que reciben los trabajadores por cuenta ajena y está diseñada para ofrecer un apoyo económico durante el tiempo que el autónomo está sin actividad.
Para tener derecho a esta ayuda, has de haber cotizado por cese de actividad durante al menos 12 meses continuos e inmediatamente anteriores a la solicitud. También, se te requerirá que acredites que el cierre de tu negocio fue por causas económicas o ajenas a tu voluntad. Por lo tanto, tendrás que reunir y presentar la documentación pertinente y, posteriormente, obtener la aprobación de la Seguridad Social.
Si eres autónomo y estás empezando a emprender, mucho ánimo, es una situación compleja, pero afortunadamente existen circunstancias en las que puedes compatibilizar tu actividad con el paro. Por otro lado, si acabas de cerrar tu empresa, recuerda que la Seguridad Social también entrega una ayuda económica. Para seguir leyendo estas noticias, visítanos en nuestra sección de prestaciones.