El Supremo confirma que los pensionistas con incapacidad permanente podrán pedir al subsidio para mayores de 52 años

Sigue a Andaluciainforma en Google

La nueva interpretación del Tribunal Supremo amplía el acceso al subsidio para mayores de 52 años para los beneficiarios de una prestación por incapacidad permanente.

Una sentencia reciente del Tribunal Supremo ha abierto la puerta a que pensionistas con incapacidad permanente puedan sumar el subsidio para mayores de 52 años si cumplen los requisitos de cotización. Se corrige así una incompatibilidad que les impedía acceder a esta ayuda. Hasta este cambio, quienes cobraban una pensión de incapacidad permanente no podían optar a este subsidio. Con el nuevo criterio del Supremo, muchas personas con una larga vida laboral podrán solicitarlo.

Cómo era la incompatibilidad entre incapacidad permanente y subsidio para mayores de 52

En el sistema de protección social existen incompatibilidades entre algunas pensiones y prestaciones, como la imposibilidad de cobrar a la vez la pensión de incapacidad permanente y la pensión de jubilación: primero se percibe la incapacidad y, al llegar a la edad ordinaria, se sustituye por la jubilación.

Hasta ahora, algo parecido ocurría con el subsidio para mayores de 52 años. Esta ayuda se dirige a quienes han cumplido 52 años, han agotado el paro y no logran reincorporarse al mercado laboral. Se mantiene mientras se cumplan las condiciones o hasta que se transforma en pensión de jubilación, pero los pensionistas de incapacidad permanente quedaban excluidos.

La clave estaba en un requisito principal: acreditar al menos 15 años de cotización y determinados periodos en los últimos años de vida laboral. ¿El resultado? Muchas carreras laborales quedaban parcialmente invisibles a efectos de esta ayuda.

Qué cambia con la sentencia del Supremo sobre el subsidio de 52 años

La sentencia 835/2025, de 29 de septiembre de 2025, cambia este criterio al indicar que los 15 años de cotización exigidos deben computarse teniendo en cuenta todos los años cotizados, incluidos los anteriores al reconocimiento de la incapacidad permanente. Antes se pedía que esos 15 años se acreditaran solo desde que se reconocía la incapacidad, lo que dejaba fuera a personas con una trayectoria laboral larga pero con pocas cotizaciones posteriores.

A partir de ahora se suman las cotizaciones anteriores y posteriores a la incapacidad. En román paladino, se reconoce toda la vida laboral. ¿Qué implica esto en el día a día? Que más pensionistas con incapacidad permanente que han cotizado lo suficiente y cumplen el resto de requisitos, podrán solicitar el subsidio para mayores de 52 años.

Requisitos básicos para que pensionistas con incapacidad permanente accedan al subsidio

Aunque la sentencia cambia la forma de contar las cotizaciones, el subsidio para mayores de 52 años mantiene su naturaleza y sus condiciones generales. De manera resumida, las personas que quieran solicitarlo deberán ajustarse, entre otros, a estos requisitos esenciales:

  • Tener 52 años o más.
  • Haber agotado la prestación por desempleo.
  • Acreditar al menos 15 años de cotización contando periodos anteriores y posteriores a la incapacidad permanente.
  • Encajar en el perfil de pensionista con incapacidad permanente afectado por esta interpretación.

Quienes cumplan estos criterios pueden plantearse, iniciar los trámites y revisar con detalle su vida laboral para comprobar los años cotizados.

Cómo afecta este cambio a muchos trabajadores con incapacidad permanente y más de 52 años

El nuevo criterio del Supremo puede suponer un alivio para personas que, pese a tener una carrera laboral extensa, habían quedado excluidas del subsidio por la forma de contar las cotizaciones. Ahora se reconoce toda la historia laboral, lo que amplía de forma clara las posibilidades de acceso. Para entender mejor la diferencia entre la situación anterior y la actual, puede resultar útil esta tabla comparativa:

Criterio de acceso al subsidioAntes de la sentencia 835/2025Después de la sentencia 835/2025
Cómputo de los 15 años de cotizaciónSolo desde el reconocimiento de la incapacidad permanenteSe cuentan todos los años, antes y después de la incapacidad

¿Significa esto que todos los pensionistas con incapacidad permanente y más de 52 años cobrarán automáticamente el subsidio? No exactamente, pero sí se elimina un obstáculo que les cerraba la puerta a esta ayuda, un paso relevante en materia de prestaciones sociolaborales.

Para estar al tanto de más noticias sobre prestaciones, te recomendamos que visites los contenidos de nuestra plataforma web.

Deja un comentario