El SEPE pierde en los tribunales después de acusar a un empleado de provocar su despido para cobrar el paro

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La prestación por desempleo le fue retirada tras un informe de la Inspección de Trabajo que le acusaba de provocar su despido, pero el Juzgado de lo Social descarta que hubiera fraude.

Más de 2,4 millones de personas figuran oficialmente en las listas del paro en España. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) gestiona estas situaciones, aunque acceder y mantener la prestación por desempleo no siempre es un camino sencillo. Un ejemplo es el de un trabajador al que se le reconoció inicialmente la ayuda y al que, tiempo después, se le retiró, hasta que la Justicia ha terminado dándole la razón.

Desempleo en España y papel del SEPE en la gestión de la prestación por desempleo

En el caso que nos ocupa un trabajador fue despedido disciplinariamente por su empresa. Tras la ruptura de la relación laboral, solicitó la prestación por desempleo y se le concedió. A partir de ahí cobra relevancia el tipo de despido: el disciplinario.

El artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores recoge los motivos que permiten a las empresas acudir a esta vía. Entre ellos se encuentran las ausencias y retrasos reiterados sin justificar, el incumplimiento de órdenes, las agresiones o insultos, el abuso de confianza o actos vandálicos. También, acudir al puesto bajo los efectos del alcohol o las drogas y conductas de acoso o comportamiento inadecuado hacia otros compañeros.

Para que este despido sea válido, la carta debe detallar la fecha de efectos y describir con precisión los hechos imputados, que han de estar suficientemente probados.

El despido disciplinario y las causas del artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores

A pesar de haber empezado a cobrar el paro, el SEPE decidió más tarde extinguir la prestación del trabajador para reclamarle incluso las cantidades ya percibidas. El organismo se apoyó en un informe de la Inspección de Trabajo que concluía que el trabajador había provocado su despido de forma intencionada mediante reiteradas faltas injustificadas. Ese hecho se interpretó como un intento de fraude.

Ante esta situación, el trabajador decidió demandar al servicio de empleo. El conflicto pasó así del terreno administrativo al judicial, obligando a analizar si realmente existió fraude de ley o si, por el contrario, la retirada de la prestación carecía de base suficiente.

La actuación del SEPE, la investigación de Inspección de Trabajo y las pruebas admitidas

El Juzgado de lo Social terminó dando la razón al trabajador y revocó la decisión de extinguir la prestación. La sentencia considera que no se ha probado la existencia de fraude y recuerda que, según la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS), “corresponde al empresario la carga de probar la veracidad de los hechos imputados al trabajador”. Para acreditar esos hechos, la empresa puede valerse de distintos medios de prueba, entre ellos:

  • Documentación, como fichajes de asistencia o informes de productividad.
  • Testimonios, por ejemplo, de otros empleados o personal de recursos humanos.
  • Medios tecnológicos, como grabaciones de vídeo o audio con finalidad de seguridad.
  • Pruebas digitales, como el seguimiento del uso del ordenador corporativo.

En este sentido, la sentencia matiza que se admite como prueba una grabación procedente de sistemas de seguridad, pero no aquella que tenga como finalidad inicial el espionaje. Además, se subraya que no se puede vulnerar la intimidad del trabajador y que la prueba debe ser auténtica para tener validez.

El fallo del Juzgado de lo Social y consecuencias para otros trabajadores en situación de desempleo

Otra de las claves del caso es que el trabajador se opuso desde el inicio a su despido disciplinario. En el desarrollo del conflicto, la empresa terminó reconociendo la improcedencia del despido y se comprometió a indemnizar al trabajador con 6.500 euros.

Dado lo anterior, la sentencia recuerda que el derecho a la prestación por desempleo solo desaparece cuando se demuestra un fraude en la relación laboral. También, cuando no se reconoce el despido o cuando el propio trabajador decide causar baja voluntaria y renunciar al empleo.

Por este motivo, el fallo no solo supone que el trabajador recupere su prestación, sino que refuerza la idea de que la retirada del paro exige una acreditación sólida del fraude. Para quienes se encuentran en situación de desempleo, este caso ilustra la importancia de impugnar despidos disciplinarios con los que no estén de acuerdo. Asimismo, exigir que las decisiones administrativas del SEPE estén respaldadas por pruebas válidas y respetuosas con sus derechos.

Si quieres conocer más noticias sobre sentencias judiciales del mundo laboral, te recomendamos que visites nuestra sección de empleo.

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