La llegada de 2025, ha supuesto una variación del límite de ingresos para poder acceder al IMV. Por consiguiente, para tener derecho a cobrar el Ingreso Mínimo Vital, va a depender de varios factores que se determinan fundamentalmente en función del número de miembros que integran la unidad de convivencia y del nivel de sus rentas. Hagamos un inciso para recordar que esta ayuda del Gobierno se puso en marcha en 2020, para combatir la vulnerabilidad económica de los colectivos más favorecidos, con el fin de favorecer la inclusión social y laboral, así como erradicar la pobreza. Veamos qué umbrales de renta no se pueden superar, para beneficiarse del Ingreso Mínimo Vital en 2025.
Para poder cobrar el Ingreso Mínimo Vital hay que cumplir con esta serie de requisitos generales
Según la información publicada por la revista de la Seguridad Social (datos de diciembre de 2024), el Ingreso Mínimo Vital ha llegado a 673.729 hogares en España, donde conviven 2.047.755 personas. Según fuentes oficiales, en estos momentos hay activas 141.519 prestaciones más, que durante el mismo periodo hace un año. Una ayuda del Gobierno, que nació 2020, en un contexto de necesidad producido por la pandemia, y que se ha mantenido a lo largo de estos años. Está regulada por la Ley 19/2021, de 20 de diciembre y estos son los requisitos generales para tener acceso a la misma:
- Tener residencia legal y efectiva en España y tener al menos 23 años.
- Hay que acreditarlo con el DNI o en caso de extranjeros, mediante la Tarjeta de Identidad de Extranjero y mediante un Certificado de Empadronamiento.
- Acreditar la existencia de una unidad de convivencia, aportando para ello el Libro de Familia o un certificado del Registro Civil.
- Los beneficiarios individuales deben tener al menos 23 años, aunque existe la excepción para los jóvenes entre 18 y 22 años que provengan de un centro de protección de menores o sean huérfanos absolutos.
Además, de esos condicionantes generales, existen unos límites de renta, que dependen del número de miembros que integren cada unidad de convivencia, tal y como veremos en el siguiente apartado.
Límites de rentas para poder cobrar el IMV en 2025
Para poder cobrar el IMV en 2025, las unidades de convivencia no pueden sobrepasar unos límites de rentas anuales. Recordemos que la cuantía del IMV se establece restando la “renta garantizada” a los ingresos o rentas que obtenga la persona beneficiaria a lo largo del año. La renta garantizada (RMISA como se denomina en Andalucía) es una cantidad anual dividida en 12 pagas, que ha subido un 9 % en 2025. Por consiguiente, estos son los límites según explica la web de La Moncloa a partir de ahora:
- Beneficiario individual: 658,81 euros al mes, es decir, 7.905,72 euros al año.
- Unidades de convivencia: Las cuantías anteriores se incrementan un 30%, por cada miembro adicional que tenga la familia hasta un máximo de 5. Por consiguiente, el límite máximo son 1.449,39 euros al mes o lo que es lo mismo, 17.392,68 euros anuales.
Complementos del Ingreso Mínimo Vital
Además de estos límites, existen una serie de complementos, que hacen que las cuantías puedan aumentar en estos casos:
- Familias monoparentales y en caso de miembros con grados de discapacidad superior al 65%: La renta garantizada se incrementará un 22% a las cuantías antes señaladas.
- Complemento de Ayuda a la Infancia o CAPI, con esta serie de cuantías:
- 115 euros al mes por cada menor de 3 años.
- 80,80 euros al mes por cada hijo mayor de 3 y menor de 6 años.
- 51,70 euros mensuales para mayores de 6 y menores de 18.
¿Te ha resultado útil esta información sobre el IMV? Te animamos a visitar nuestro periódico digital especializado en noticias de Andalucía, para obtener más información relacionada con otras ayudas y prestaciones. Síguenos para estar al día de los aspectos socioeconómicos que más te interesan.