Declarar el IMV en la Renta es obligatorio en 2026 aunque no tengas ingresos

La campaña de la Renta ya está en marcha desde este miércoles 8 de abril y podrá presentarse hasta el 30 de junio.

Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital deben tenerlo claro: están obligados a hacer la declaración del IRPF, aunque en la mayoría de los casos no tendrán que pagar. El pasado miércoles 8 de abril, arrancó la campaña de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal de 2025. Con ella vuelve una duda muy habitual entre quienes cobran el Ingreso Mínimo Vital, también conocido como IMV, una prestación de la Seguridad Social que afianza su perfil femenino en Andalucía. ¿Hay que presentar la declaración aunque no se tengan otros ingresos? Sí, y conviene no dejarlo pasar.

Por qué los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital deben presentar la declaración de la Renta

La obligación no es nueva. El artículo 36 de la Ley 19/2021 del Ingreso Mínimo Vital establece, en su apartado 1, que una de las obligaciones de las personas beneficiarias es “presentar anualmente declaración correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas”.

Eso significa que todas las personas que tuvieran reconocido el IMV a finales de 2025 deben presentar su declaración del IRPF. Pero, eso sí, una cosa es estar obligado a presentar el trámite y otra muy distinta tener que abonar dinero a Hacienda. Para entenderlo mejor, estos son los puntos clave:

  • Tener reconocido el IMV obliga a presentar la declaración.
  • Esa obligación afecta aunque no existan otros ingresos.
  • Presentar la Renta no implica, por sí solo, pagar.

En consecuencia, muchos hogares que reciben esta ayuda deberán completar un trámite que, en la práctica, suele ser bastante sencillo.

Qué ocurre con el IMV en la Renta y cuánto se cobra en 2026

El Ingreso Mínimo Vital está exento en la mayoría de situaciones, por lo que normalmente no se incluye como ingreso sujeto a tributación. Por eso, la gran mayoría de los perceptores no tendrán que pagar al hacer la declaración. De hecho, en muchos casos el resultado será una cuota cero: ni a ingresar ni a devolver.

Según los últimos datos difundidos por la Seguridad Social, la prestación llega a 798.312 hogares, llegando a 2,4 millones de personas. Por consiguiente, no es un asunto menor. Hablamos de un trámite que afecta a una parte importante de los hogares más vulnerables en España. A continuación, una referencia rápida con las cuantías anuales del IMV en 2026:

Unidad de convivenciaCuantía anual
Un adulto8.803,20 euros
Cuatro adultos y un menor19.367,04 euros

Por lo tanto, aunque las cuantías varían según la composición familiar, la obligación de presentar la declaración se mantiene para quienes tenían reconocida la prestación al cierre de 2025. Si no hay otras rentas que declarar, el proceso suele resolverse sin complicaciones y con las casillas en importe nulo. Así que la clave es sencilla: hay que presentar la Renta, pero eso no significa que toque pagar. ¿La recomendación? Revisar el borrador y no apurar hasta el 30 de junio.

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