Las personas de más de 50 años en situación de desempleo son un grupo de población prioritario para las administraciones públicas. Se trata de un colectivo de personas que, son demasiado jóvenes para jubilarse y considerados demasiado mayores en los procesos selectivos que dan acceso al empleo, lo cual dificulta su reinserción en cada vez más competitivo mundo laboral actual.
Por otra parte, los mayores de 50 años, por lo general, suelen tener hijos a cargo, lo cual agrava la situación económica de estas unidades familiares. Para paliar el problema, está el apoyo de diversas instituciones, como: el SEPE, la Seguridad Social o las Comunidades Autónomas. Todas ellas implementan ayudas económicas específicas para garantizar su subsistencia y favorecer, al mismo tiempo, la empleabilidad.
Ayudas económicas para mayores de 50 años en situación de vulnerabilidad
A continuación, pasamos a ver con más detalle 3 tipos de ayudas de las que pueden beneficiarse las personas mayores de 50 años. Como podemos ver, cada una corresponde a un organismo oficial diferente, presentando una serie de particularidades y de requisitos propios, que deben cumplir los beneficiarios para poder tener acceso. No obstante, pasamos a ver cada una de ellas de una forma más detallada.
Primera ayuda: el subsidio por desempleo para mayores de 52 años del SEPE
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) dispone del subsidio por desempleo para mayores de 52 años. Lo interesante de esta ayuda, que tiene una cuantía de 480 euros al mes (80% del IPREM), es que mientras se cobra, se está cotizando para la jubilación por el 125% de la base mínima que haya vigente en ese momento, es decir, 1.653,75 euros al mes. Para tener acceso a la misma, aparte de tener cumplida la edad y estar en paro, no se pueden superar un nivel de rentas mensual superior al 75% del SMI, esto es, 850,50 euros.
Segunda ayuda: el Ingreso Mínimo Vital (IMV) de la Seguridad Social
La Seguridad Social, por su parte, ofrece el Ingreso Mínimo Vital. El IMV es una ayuda que implementó el Gobierno de Pedro Sánchez en mayo de 2020, con la intención de combatir el riesgo de exclusión de determinados colectivos sociales. Una prestación especialmente indicada en hogares donde hay menores a cargo. Las cuantías de esta ayuda varían según el número de miembros que integren la unidad familiar. Por ejemplo, una persona que viva sola va a percibir al mes 604,22 euros. Sin embargo, se pueden llegar a cobrar 1.329,28 euros mensuales, en unidades donde convivan 5 personas.
Tercera ayuda: la Renta Mínima de Inserción Social de las Comunidades Autónomas
Por último, la tercera ayuda es la Renta Mínima de Inserción Social, la cual corresponde gestionar a los servicios sociales de las Comunidades Autónomas. Las cuantías son las mismas que las del Ingreso Mínimo Vital, ya que se trata de facilitar el acceso a los ciudadanos más necesitados, a la conocida como “renta garantizada”. En el caso de Andalucía, puedes obtener más información para solicitarla en la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
En suma, si deseas conocer más información sobre otras ayudas y prestaciones, pensiones o subvenciones, te recomendamos que visites nuestra plataforma web de noticias especializada en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Síguenos para estar al tanto de las noticias de actualidad más relevantes que interesan a la ciudadanía andaluza.