El Plan MOVES III proporciona subvenciones para la adquisición de turismos, furgonetas, motocicletas o cuatriciclos puramente eléctricos o de pila de combustible. ¿Estás pensando en renovar tu coche? El importe de la ayuda depende de factores como la autonomía del vehículo, el achatarramiento de un antiguo automóvil o la pertenencia a determinados colectivos que pueden obtener un 10% adicional. Además, se exige que la comunidad autónoma en la que residas haya publicado su convocatoria de ayudas.
La aprobación de esta nueva ayuda por parte del Gobierno, mediante el Real Decreto-ley 3/2025, publicado en el BOE el 1 de abril de 2025, busca reactivar el programa de ayudas para vehículos eléctricos y enchufables. Lo más interesante de este plan, que inicialmente había quedado parado principios de año, tras la caída del conocido Decreto Ómnibus, volverá a estar vigente y será retroactivo desde el 1 de enero, pero deberá ser convalidado en el Congreso en el plazo máximo de un mes.
Requisitos clave para tramitar estas ayudas y adquirir un vehículo eléctrico sin complicaciones
Cabe destacar que el Plan MOVES III será una prórroga del anterior (mismas bases y condiciones) hasta finales de 2025). Ahora, con un presupuesto de 400 millones de euros, se suman a los 1.300 millones de euros de las fases anteriores del plan y el cual va a estar disponible hasta el 31 de diciembre de 2025. Esto hace un total de 1.700 millones de euros.
Una de las medidas que es novedad es la prórroga de la desgravación del 15% en el IRPF (retroactiva) para los compradores de vehículos eléctricos, que también será retroactiva desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025. De esta forma, se pueden seguir aprovechando las ventajas fiscales. Sin duda, se trata de una prórroga mientras se crea un nuevo programa, previsto para 2026.
Para optar a estas subvenciones, conviene recordar que cada comunidad gestiona su propio plazo de solicitud. El programa coordinado por el IDAE ofrece apoyo tanto para la compra al contado como para la financiación, el leasing o el renting. Eso sí, quedan excluidos los ciclomotores.
A continuación, se detalla la tabla de importes para particulares, autónomos o administraciones sin actividad económica:
Motorización | Categoría | Ayuda (€) sin achatarramiento | Ayuda (€) con achatarramiento |
---|---|---|---|
Pila de combustible | Turismos (M1) | 4.500 | 7.000 |
Eléctricos | Turismos (M1) | 2.500 | 5.000 |
Eléctricos | Turismos (M1) | 4.500 | 7.000 |
Eléctricos y pila de combustible | Furgonetas (N1) | 7.000 | 9.000 |
Eléctricos | Cuatriciclos ligeros (L6e) | 1.400 | 1.600 |
Eléctricos | Cuatriciclos pesados (L7e) | 1.800 | 2.000 |
Eléctricos | Motocicletas (L3e, L4e, L5e, con P ≥ 3 kW) | 1.100 | 1.300 |
Si se trata de una empresa, existen diferentes importes según se sea PYME o gran empresa, pudiendo llegar a subvencionarse hasta 250 vehículos cada año.
Pasos para solicitar las subvenciones y documentación necesaria según cada caso práctico
El Plan MOVES III lo gestionan a través de las Comunidades Autónomas, cada una a su forma concreta, donde en la mayoría se hace a través del concesionario en el que se ha realizado la compra (en las instalaciones te dirán qué papeles debes entregar y harán toda la burocracia). No obstante, en algunas comunidades es obligatorio realizar el trámite por el propio comprador. En estos casos, se pide:
- Copia del presupuesto/ hoja de pedido del vehículo.
- Copia del NIF/DNI
- Certificado de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores (autónomos).
- Declaración responsable de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social y de no tener otras ayudas similares o bajo el régimen de minimis en los últimos 3 años.
- Certificado de empadronamiento.
- Si hay discapacidad o perteneces al sector del taxi o VTC, el certificado que acredite esa condición.
Después de haber cumplimentado todo esto, el Ministerio de Industria necesitará contar con la siguiente documentación:
- Copia de la factura de compraventa del vehículo (después del 9 de abril de 2021 y con el descuento de como mínimo 1.000 euros que debe hacer el concesionario de forma obligada).
- Justificante del pago de esa factura.
- Copia de la ficha técnica del vehículo adquirido y del Permiso de Circulación del vehículo adquirido.
- Número de cuenta bancaria.
En el caso de que hemos achatarrado un vehículo, se nos solicitará lo siguiente:
- Certificado que acredite la baja del vehículo.
- Fotocopia del permiso de circulación del vehículo achatarrado.
- Copia del impuesto de vehículos de tracción mecánica debidamente abonado, como mínimo, desde el año 2020.
¿Te preocupa la burocracia? Algunas comunidades permiten autorizar la consulta telemática de la información, facilitando la tramitación sin necesidad de presentar tantos documentos en papel.
Ventajas económicas y plazos para recibir estas ayudas de movilidad sostenible en España
El principal atractivo del Plan MOVES III es la reducción del coste de adquisición de vehículos no contaminantes, que puede llegar hasta los 7.000 euros si se achatarra un turismo antiguo. Por otro lado, colectivos como los autónomos del sector VTC y taxi, o personas empadronadas en municipios de menos de 5.000 habitantes, pueden beneficiarse de un 10% añadido en la cuantía.
El periodo de solicitudes se mantendrá abierto hasta el 31 de diciembre de 2025, aunque conviene presentar toda la documentación cuanto antes. Una vez se emite la resolución, el órgano competente dispone de un máximo de seis meses para notificar si la subvención ha sido aprobada. Después, solo queda recopilar las facturas y otros papeles requeridos para recibir el ingreso correspondiente.
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